REGLAMENTO (UE) Nº 1303/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo - Diario Oficial de la Unión Europea de 20-12-2013
Índice
Texto
Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Marzo de 2023
F. entrada en vigor: 21/12/2013
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 346
F. Publicación: 20/12/2013
PRIMERA PARTE. OBJETO Y DEFINICIONES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Cómputo de plazos para las decisiones de la Comisión
SEGUNDA PARTE. DISPOSICIONES COMUNES APLICABLES A LOS FONDOS EIE
TÍTULO I. PRINCIPIOS DE LA AYUDA DE LA UNIÓN RELATIVOS A LOS FONDOS EIE
Artículo 4. Principios generales
Artículo 5. Asociación y gobernanza en varios niveles
Artículo 6. Cumplimiento del Derecho de la Unión y nacional
Artículo 7. Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación
Artículo 8. Desarrollo sostenible
TÍTULO II. ENFOQUE ESTRATÉGICO
CAPÍTULO I. Objetivos temáticos de los Fondos EIE y Marco Estratégico Común
Artículo 9. Objetivos temáticos
Artículo 10. Marco Estratégico Común
Artículo 11. Contenido
Artículo 12. Revisión
Artículo 13. Orientaciones para los beneficiarios
CAPÍTULO II. Acuerdo de asociación
Artículo 14. Preparación del acuerdo de asociación
Artículo 15. Contenido del acuerdo de asociación
Artículo 16. Adopción y modificación del acuerdo de asociación
Artículo 17. Adopción del acuerdo de asociación revisado en caso de aplazamiento de la entrada en vigor de un reglamento específico del Fondo
CAPÍTULO III. Concentración temática, condiciones ex ante y examen del rendimiento
Artículo 18. Concentración temática
Artículo 19. Condiciones ex ante
Artículo 20. Reserva de rendimiento
Artículo 21. Examen del rendimiento
Artículo 22. Aplicación del marco de rendimiento
CAPÍTULO IV. Medidas relacionadas con una buena gobernanza económica
Artículo 23. Medidas que vinculan la eficacia de los Fondos EIE a una buena gobernanza económica
Artículo 24. Incremento de los pagos para Estados miembros con dificultades presupuestarias temporales
Artículo 25. Gestión de la asistencia técnica a los Estados miembros
CAPÍTULO V. Medidas excepcionales para la utilización de los Fondos EIE en respuesta al brote de COVID-19
Artículo 25 bis. Medidas excepcionales para la utilización de los Fondos EIE en respuesta al brote de COVID-19
Artículo 25 ter. Medidas excepcionales para la utilización de los fondos para prestar apoyo a las pymes especialmente afectadas por el aumento de los precios de la energía, los hogares vulnerables y los regímenes de jornada de trabajo reducida
TÍTULO III. PROGRAMACIÓN
CAPÍTULO I. Disposiciones generales relativas a los Fondos EIE
Artículo 26. Preparación de los programas
Artículo 27. Contenido de los programas
Artículo 28. Disposiciones específicas sobre el contenido de los programas relativos a instrumentos conjuntos para garantías ilimitadas y titulización que proporcionen reducciones de capital, ejecutados por el BEI
Artículo 29. Procedimiento para la adopción de programas
Artículo 30. Modificación de los programas
Artículo 31. Participación del BEI
CAPÍTULO II. Desarrollo local participativo
Artículo 32. Desarrollo local participativo
Artículo 33. Estrategias de desarrollo local participativo
Artículo 34. Grupos de acción local
Artículo 35. Ayuda de los Fondos EIE al desarrollo local participativo
CAPÍTULO III. Desarrollo territorial
Artículo 36. Inversión territorial integrada
TÍTULO IV. INSTRUMENTOS FINANCIEROS
Artículo 37. Instrumentos financieros
Artículo 38. Ejecución de los instrumentos financieros
Artículo 39. Contribución del FEDER y del Feader a la garantía ilimitada conjunta y a los instrumentos financieros titulizados en favor de las pymes, ejecutados por el BEI
Artículo 39 bis. Contribución de los Fondos EIE a los instrumentos financieros que combinen dicha contribución con productos financieros del BEI en el marco del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas
Artículo 40. Gestión y control de instrumentos financieros
Artículo 41. Solicitudes de pago que incluyen el gasto correspondiente a instrumentos financieros
Artículo 42. Gasto subvencionable al cierre
Artículo 43. Intereses y otros beneficios generados por la ayuda de los Fondos EIE a instrumentos financieros
Artículo 43 bis. Trato diferenciado de inversores
Artículo 44. Reutilización de recursos atribuibles a la ayuda de los Fondos EIE hasta el final del período de subvencionabilidad
Artículo 45. Reutilización de los recursos tras el final del período de subvencionabilidad
Artículo 46. Informe sobre la ejecución de los instrumentos financieros
TÍTULO V. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
CAPÍTULO I. Seguimiento
Sección I. Seguimiento de los programas
Artículo 47. Comité de seguimiento
Artículo 48. Composición del comité de seguimiento
Artículo 49. Funciones del comité de seguimiento
Artículo 50. Informes de ejecución
Artículo 51. Reunión de examen anual
Sección II. Evolución estratégica
Artículo 52. Informe de evolución
Artículo 53. Informes de la Comisión y debate sobre los Fondos EIE
CAPÍTULO II. Evaluación
Artículo 54. Disposiciones generales
Artículo 55. Evaluación ex ante
Artículo 56. Evaluación durante el período de programación
Artículo 57. Evaluación ex post
TÍTULO VI. ASISTENCIA TÉCNICA
Artículo 58. Asistencia técnica a iniciativa de la Comisión
Artículo 59. Asistencia técnica a iniciativa de los Estados miembros
TÍTULO VII. AYUDA FINANCIERA DE LOS FONDOS EIE
CAPÍTULO I. Ayuda de los Fondos EIE
Artículo 60. Determinación de los porcentajes de cofinanciación
Artículo 61. Operaciones generadoras de ingresos netos una vez finalizadas
CAPÍTULO II. Normas específicas sobre el apoyo de los Fondos EIE a las asociaciones público-privadas
Artículo 62. Asociaciones público-privadas
Artículo 63. Beneficiario en las operaciones de asociación público-privada
Artículo 64. Apoyo a operaciones de asociación público-privada
CAPÍTULO III. Subvencionabilidad del gasto y durabilidad
Artículo 65. Subvencionabilidad
Artículo 66. Formas de ayuda
Artículo 67. Formas de las subvenciones y de la asistencia reembolsable
Artículo 68. Financiación a tipo fijo de los costes indirectos relativos a subvenciones y asistencia reembolsable
Artículo 68 bis. Costes de personal relativos a subvenciones y asistencia rembolsable
Artículo 68 ter. Financiación a tipo fijo de los costes que no sean costes de personal
Artículo 68 quater. Coste unitario de las operaciones para hacer frente a los retos migratorios resultantes de la agresión militar por parte de la Federación de Rusia
Artículo 69. Normas de subvencionabilidad específicas aplicables a las subvenciones y a la asistencia reembolsable
Artículo 70. Subvencionabilidad de las operaciones en función de la ubicación
Artículo 71. Durabilidad de las operaciones
TÍTULO VIII. GESTIÓN Y CONTROL
CAPÍTULO I. Sistemas de gestión y control
Artículo 72. Principios generales de los sistemas de gestión y control
Artículo 73. Responsabilidades por gestión compartida
Artículo 74. Responsabilidades de los Estados miembros
CAPÍTULO II. Competencias y responsabilidades de la Comisión
Artículo 75. Competencias y responsabilidades de la Comisión
TÍTULO IX. GESTIÓN FINANCIERA, EXAMEN Y ACEPTACIÓN DE LAS CUENTAS, CORRECCIONES FINANCIERAS Y LIBERACIÓN
CAPÍTULO I. Gestión financiera
Artículo 76. Compromisos presupuestarios
Artículo 77. Normas comunes en materia de pagos
Artículo 78. Normas comunes para el cálculo de los pagos intermedios y el pago del saldo final
Artículo 79. Solicitudes de pago
Artículo 80. Utilización del euro
Artículo 81. Pago de la prefinanciación inicial
Artículo 82. Liquidación de la prefinanciación inicial
Artículo 83. Interrupción del plazo para el pago
CAPÍTULO II. Examen y aceptación de las cuentas
Artículo 84. Plazo para el examen y la aceptación de cuentas por parte de la Comisión
CAPÍTULO III. Correcciones financieras
Artículo 85. Correcciones financieras efectuadas por la Comisión
CAPÍTULO IV. Liberación
Artículo 86. Principios
Artículo 87. Excepciones a la liberación
Artículo 88. Procedimiento
TERCERA PARTE. DISPOSICIONES GENERALES APLICABLES AL FEDER, AL FSE Y AL FONDO DE COHESIÓN
TÍTULO I. OBJETIVOS Y MARCO FINANCIERO
CAPÍTULO I. Misión, objetivos y ámbito geográfico de la ayuda
Artículo 89. Misión y objetivos
Artículo 90. Objetivo de inversión en crecimiento y empleo
CAPÍTULO II. Marco financiero
Artículo 91. Recursos para la cohesión económica, social y territorial
Artículo 92. Recursos para el objetivo de inversión en crecimiento y empleo y el objetivo de cooperación territorial europea
Artículo 92 bis. Recursos REACT-UE
Artículo 92 ter. Disposiciones de ejecución para los recursos REACT-UE
Artículo 93. Intransferibilidad de los recursos entre categorías de regiones
Artículo 94. Intransferibilidad de los recursos entre objetivos
Artículo 95. Adicionalidad
TÍTULO II. PROGRAMACIÓN
CAPÍTULO I. Disposiciones generales relativas a los Fondos
Artículo 96. Contenido, adopción y modificación de los programas operativos conforme al objetivo de inversión en crecimiento y empleo
Artículo 97. Disposiciones específicas sobre la programación de la ayuda relativa a los instrumentos conjuntos para garantías ilimitadas y titulización con arreglo al objetivo de inversión en crecimiento y empleo
Artículo 98. Apoyo conjunto de los Fondos conforme al objetivo de inversión en crecimiento y empleo
Artículo 99. Ámbito geográfico de los programas operativos conforme al objetivo de inversión en crecimiento y empleo
CAPÍTULO II. Grandes proyectos
Artículo 100. Contenido
Artículo 101. Información necesaria para la aprobación de un gran proyecto
Artículo 102. Decisión sobre un gran proyecto
Artículo 103. Decisión sobre un gran proyecto sujeto a ejecución escalonada
CAPÍTULO III. Plan de acción conjunto
Artículo 104. Ámbito de aplicación
Artículo 105. Preparación de los planes de acción conjuntos
Artículo 106. Contenido de los planes de acción conjuntos
Artículo 107. Decisión sobre el plan de acción conjunto
Artículo 108. Comité de dirección y modificación del plan de acción conjunto
Artículo 109. Gestión y control financieros del plan de acción conjunto
TÍTULO III. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN, INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
CAPÍTULO I. Seguimiento y evaluación
Artículo 110. Funciones del comité de seguimiento
Artículo 111. Informes de ejecución en relación con el objetivo de inversión en crecimiento y empleo
Artículo 112. Transmisión de datos financieros
Artículo 113. Informe de cohesión
Artículo 114. Evaluación
CAPÍTULO II. Información, comunicación y visibilidad
Artículo 115. Información, comunicación y visibilidad
Artículo 116. Estrategia de comunicación
Artículo 117. Responsables de información y comunicación y sus redes
TÍTULO IV. ASISTENCIA TÉCNICA
Artículo 118. Asistencia técnica a iniciativa de la Comisión
Artículo 119. Asistencia técnica de los Estados miembros
TÍTULO V. AYUDA FINANCIERA DE LOS FONDOS
Artículo 120. Determinación de los porcentajes de cofinanciación
Artículo 121. Modulación de los porcentajes de cofinanciación
CUARTA PARTE. DISPOSICIONES GENERALES APLICABLES A LOS FONDOS Y AL FEMP
TÍTULO I. GESTIÓN Y CONTROL
CAPÍTULO I. Sistemas de gestión y control
Artículo 122. Responsabilidades de los Estados miembros
CAPÍTULO II. Autoridades de gestión y control
Artículo 123. Designación de las autoridades
Artículo 124. Procedimiento para la designación de las autoridades de gestión y de certificación
Artículo 125. Funciones de la autoridad de gestión
Artículo 126. Funciones de la autoridad de certificación
Artículo 127. Funciones de la autoridad de auditoría
CAPÍTULO III. Cooperación con las autoridades de auditoría
Artículo 128. Cooperación con las autoridades de auditoría
TÍTULO II. GESTIÓN FINANCIERA, PREPARACIÓN, EXAMEN Y ACEPTACIÓN DE CUENTAS Y CORRECCIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO I. Gestión financiera
Artículo 129. Normas comunes en materia de pagos
Artículo 130. Normas comunes para calcular los pagos intermedios y el pago del saldo final
Artículo 131. Solicitudes de pago
Artículo 132. Pago a los beneficiarios
Artículo 133. Utilización del euro
Artículo 134. Pago de la prefinanciación
Artículo 135. Plazos para la presentación de las solicitudes de pago intermedios y para su abono
Artículo 136. Liberación
CAPÍTULO II. Preparación, examen, aceptación y cierre de cuentas y suspensión de los pagos
Sección I. Preparación, examen y aceptación de cuentas
Artículo 137. Preparación de las cuentas
Artículo 138. Presentación de información
Artículo 139. Examen y aceptación de cuentas
Artículo 140. Disponibilidad de los documentos
Sección II. Cierre de los programas operativos
Artículo 141. Presentación de documentos de cierre y pago del saldo final
Sección III. Suspensión de los pagos
Artículo 142. Suspensión de los pagos
CAPÍTULO III. Correcciones financieras
Sección I. Correcciones financieras efectuadas por los estados miembros
Artículo 143. Correcciones financieras efectuadas por los Estados miembros
Sección II. Correcciones financieras efectuadas por la comisión
Artículo 144. Criterios aplicables a las correcciones financieras
Artículo 145. Procedimiento
Artículo 146. Obligaciones de los Estados miembros
Artículo 147. Reembolsos
TÍTULO III. CONTROL PROPORCIONAL DE LOS PROGRAMAS OPERATIVOS
Artículo 148. Control proporcional de los programas operativos
QUINTA PARTE. DELEGACIÓN DE PODERES Y DISPOSICIONES DE EJECUCIÓN, TRANSITORIAS Y FINALES
CAPÍTULO I. Delegación de poderes y disposiciones de ejecución
Artículo 149. Ejercicio de la delegación
Artículo 150. Procedimiento de comité
CAPÍTULO II. Disposiciones transitorias y finales
Artículo 151. Revisión
Artículo 152. Disposiciones transitorias
Artículo 153. Derogación
Artículo 154. Entrada en vigor
ANEXO I. MARCO ESTRATÉGICO COMÚN
ANEXO II. MÉTODO PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL MARCO DE RENDIMIENTO
ANEXO III. DISPOSICIONES DIRIGIDAS A DETERMINAR EL ALCANCE Y EL NIVEL DE SUSPENSIÓN DE LOS COMPROMISOS O PAGOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 23, APARTADO 11
ANEXO IV. EJECUCIÓN DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS: ACUERDOS DE FINANCIACIÓN
ANEXO V. DEFINICIÓN DE PORCENTAJES ÚNICOS PARA LOS PROYECTOS GENERADORES DE INGRESOS NETOS
ANEXO VI. DESGLOSE ANUAL DE LOS CRÉDITOS DE COMPROMISO PARA LOS AÑOS 2014 A 2020
ANEXO VII. MÉTODO DE ASIGNACIÓN
ANEXO VII BIS. METODOLOGÍA PARA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS REACT-UE - ARTÍCULO 92 TER, APARTADO 4
ANEXO VIII. METODOLOGÍA EN RELACIÓN CON LA ASIGNACIÓN ESPECÍFICA PARA LA INICIATIVA SOBRE EMPLEO JUVENIL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 91
ANEXO IX. METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DEL PORCENTAJE MÍNIMO DEL FSE
ANEXO X. ADICIONALIDAD
ANEXO XI. CONDICIONES EX ANTE
ANEXO XII. INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y VISIBILIDAD DEL APOYO PROCEDENTE DE LOS FONDOS
ANEXO XIII. CRITERIOS PARA LA DESIGNACIÓN DE LA AUTORIDAD DE GESTIÓN Y LA AUTORIDAD DE CERTIFICACIÓN
ANEXO XIV. TABLA DE CORRESPONDENCIAS