Articulo 12 Disposiciones... y al FEMP

Articulo 12 Disposiciones comunes relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión, al FEADER y al FEMP y disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión y al FEMP

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Artículo 12. Revisión

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Si la situación económica y social de la Unión sufre cambios importantes, o se aportan cambios a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, la Comisión podrá presentar una propuesta de revisión del MEC, o el Parlamento Europeo o el Consejo, actuando de conformidad con los artículos 225 o 241 del TFUE, respectivamente, podrán solicitar a la Comisión que presente tal propuesta.

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 149 en lo que respecta a complementar o modificar las secciones 4 y 7 del anexo I cuando sea preciso tener en cuenta cambios en las políticas o instrumentos de la Unión a que se refiere la sección 4 o cambios en las actividades de cooperación a que se refiere la sección 7, o tener en cuenta la introducción de nuevas políticas, instrumentos o actividades de cooperación de la Unión.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2013 en vigor desde 21-12-2013