Articulo 99 Disposiciones comunes relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión, al FEADER y al FEMP y disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión y al FEMP
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»Artículo 99. Ámbito geográfico de los programas operativos conforme al objetivo de inversión en crecimiento y empleo
Vigente
Los programas operativos para el FEDER y el FSE se elaborarán al nivel geográfico apropiado y, como mínimo, al nivel NUTS 2, de acuerdo con el marco institucional y jurídico del Estado miembro, salvo que este y la Comisión acuerden otra cosa.
Los programas operativos con ayuda del Fondo de Cohesión se elaborarán a nivel nacional.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-12-2013 en vigor desde 21-12-2013