Articulo 91 Disposiciones comunes relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión, al FEADER y al FEMP y disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión y al FEMP
Artículo 91. Recursos para la cohesión económica, social y territorial
1. Los recursos destinados a la cohesión económica, social y territorial disponibles para compromisos presupuestarios para el período 2014-2020 serán de 330 105 627 309 EUR a precios de 2011, de conformidad con el desglose anual indicado en el anexo VI, de los cuales 325 938 694 233 EUR representan los recursos totales asignados al FEDER, al FSE y al Fondo de Cohesión y 4 166 933 076 EUR representan una asignación específica para la Iniciativa de Empleo Juvenil. A efectos de su programación y posterior inclusión en el presupuesto de la Unión, el importe de los recursos destinados a la cohesión económica, social y territorial se indexará al 2 % anual.
2. La Comisión adoptará una decisión, mediante actos de ejecución, en la que figuren el desglose anual de los recursos totales por Estado miembro en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y del objetivo de cooperación territorial europea, y el desglose anual de los recursos de la asignación específica para la Iniciativa sobre Empleo Juvenil, por Estado miembro, además de la lista de regiones que pueden optar a financiación, con arreglo a los criterios y el método establecidos en los anexos VII y VIII, respectivamente, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del presente artículo o en el artículo 92, apartado 8.
3. A iniciativa de la Comisión, el 0,35 % de los recursos totales tras la deducción de las ayudas al Mecanismo "Conectar Europa" contemplado en el artículo 92, apartado 6, y las ayudas a las personas más necesitadas a que se refiere el artículo 92, apartado 7, se asignará a la asistencia técnica; de los cuales un máximo de 112 233 000 EUR a precios corrientes se asignará al programa de apoyo a las reformas estructurales establecido en el Reglamento (UE) 2017/825 para su utilización dentro del ámbito de aplicación y el objeto de dicho programa.
- Modificación realizada (91 (apdo. 1)) por Reglamento (UE) 2020/1041 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de julio de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 en lo que respecta a los recursos destinados a la asignación específica de la Iniciativa de Empleo Juvenil
(DC de 17-07-2020) en vigor desde 18-07-2020 - Modificación realizada (91 (apdo. 1)) por Reglamento (UE) 2019/711 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 en lo que respecta a los recursos para la asignación específica para la Iniciativa de Empleo Juvenil
(DC de 10-05-2019) en vigor desde 11-05-2019 - Modificación realizada (91 (apdo. 1)) por Reglamento (UE) 2018/1719 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 en lo relativo a los recursos destinados a la cohesión económica, social y territorial y los recursos para el objetivo de inversión en crecimiento y empleo
(DC de 16-11-2018) en vigor desde 17-11-2018 - Artículo modificado por Reglamento (UE) 2017/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, relativo a la creación del programa de apoyo a las reformas estructurales para el período 2017 a 2020 y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1303/2013 y (UE) n.º 1305/2013
(DC de 19-05-2017) en vigor desde 20-05-2017