Articulo 79 Disposiciones comunes relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión, al FEADER y al FEMP y disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión y al FEMP
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»Artículo 79. Solicitudes de pago
Vigente
1. El procedimiento específico y la información que debe presentarse para solicitudes de pago en relación con cada Fondo EIE se establecerá en las normas específicas de los Fondos.
2. En la solicitud de pago que debe presentarse a la Comisión se proporcionará toda la información necesaria para que esta pueda elaborar cuentas de acuerdo con el artículo 82, apartado 2, del Reglamento Financiero.
Modificaciones
- Artículo modificado por Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012
(DC de 30-07-2018) en vigor desde 02-08-2018