Articulo 84 Disposiciones... y al FEMP

Articulo 84 Disposiciones comunes relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión, al FEADER y al FEMP y disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE, al Fondo de Cohesión y al FEMP

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 84. Plazo para el examen y la aceptación de cuentas por parte de la Comisión

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A más tardar el 31 de mayo del año siguiente a la finalización del ejercicio contable, la Comisión, de conformidad con el artículo 63, apartado 8, del Reglamento Financiero, llevará a cabo procedimientos para el examen y la aceptación de las cuentas y comunicará a los Estados miembros si acepta o no que las cuentas son completas, exactas y verídicas, de acuerdo con las normas específicas de los Fondos.