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Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. - Diario Oficial de Extremadura de 17-06-2008

Tiempo de lectura: 36 min

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Ambito: Extremadura

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Noviembre de 2022

F. entrada en vigor: 17/08/2008

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Boletín: Diario Oficial de Extremadura Número 116

F. Publicación: 17/06/2008


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. Objeto, concepto y régimen jurídico
Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Régimen jurídico del Patrimonio. Artículo 3. Concepto de Patrimonio. Artículo 4. Clasificación. Artículo 5. Bienes o derechos de dominio público o demaniales. Artículo 6. Bienes o derechos de dominio privado o patrimoniales. Artículo 7. Principios relativos a los bienes y derechos. Artículo 8. Competencias. Artículo 9. Representación en las actuaciones de ordenación y administración. Artículo 10. Representación y defensa en juicio. Artículo 11. Autonomía patrimonial de la Asamblea y otros Órganos Institucionales.
TÍTULO I. Protección y defensa
CAPÍTULO I. Indisponibilidad patrimonial
Artículo 12. Obligaciones. Artículo 13. Tráfico jurídico de los bienes y derechos. Artículo 14. Requisitos para gravar bienes o derechos patrimoniales. Artículo 15. Transacción y arbitraje.
CAPÍTULO II. Registros
Sección 1.ª Inventario del Patrimonio
Artículo 16. Obligación de formar Inventario. Artículo 17. Contenido del Inventario del Patrimonio. Artículo 18. Carácter del Inventario del Patrimonio. Artículo 19. Formación y actualización del Inventario del Patrimonio. Artículo 20. Control de las inscripciones.
Sección 2.ª Régimen registral
Artículo 21. Obligatoriedad de la inscripción. Artículo 22. Título inscribible.
CAPÍTULO III. Facultades y prerrogativas
Sección 1.ª Normas generales
Artículo 23. Potestades para la defensa del Patrimonio. Artículo 24. Adopción de medidas cautelares. Artículo 25. Control judicial. Artículo 26. Comunicación de hechos punibles.
Sección 2.ª Potestad de investigación
Artículo 27. Potestad de investigación. Artículo 28. Órganos competentes. Artículo 29. Procedimiento de investigación. Artículo 30. Otras normas de la investigación.
Sección 3.ª Potestad de deslinde
Artículo 31. Potestad de deslinde. Artículo 32. Órganos competentes. Artículo 33. Procedimiento de deslinde. Artículo 34. Inscripción. Artículo 35. Sobrantes de deslindes de dominio público.
Sección 4.ª Potestad de recuperación posesoria
Artículo 36. Potestad de recuperación posesoria. Artículo 37. Órganos competentes. Artículo 38. Procedimiento de recuperación posesoria.
Sección 5.ª Potestad de desahucio administrativo
Artículo 39. Potestad de desahucio administrativo. Artículo 40. Órganos competentes. Artículo 41. Procedimiento de desahucio.
CAPÍTULO IV. Cooperación en la defensa del patrimonio público
Artículo 42. Colaboración de los empleados públicos. Artículo 43. Colaboración ciudadana, notarial y registral.
TÍTULO II. Del dominio público
CAPÍTULO I. Afectación y desafectación
Artículo 44. Afectación de bienes y derechos patrimoniales al uso general o al servicio público. Artículo 45. De la afectación expresa. Artículo 46. De la afectación presunta. Artículo 47. De la afectación tácita. Artículo 48. Desafectación. Artículo 49. Afectaciones de carácter secundario.
CAPÍTULO II. Mutaciones demaniales
Artículo 50. Mutaciones demaniales. Artículo 51. Mutación demanial interna. Artículo 52. Mutación demanial externa. Artículo 53. Procedimiento para la mutación.
CAPÍTULO III. Adscripción y desadscripción de bienes y derechos
Artículo 54. Adscripción. Artículo 55. Desadscripción. Artículo 56. Adscripciones simultáneas. Artículo 56 bis. Incorporación al Patrimonio de la Comunidad de bienes de las entidades institucionales.
CAPÍTULO IV. Constancia en el inventario y publicidad registral
Artículo 57. Constancia en el Inventario. Artículo 58. Régimen de publicidad registral.
CAPÍTULO V. Utilización y explotación
Sección 1.ª Formas de uso de los bienes demaniales
Artículo 59. Necesidad de título habilitante. Artículo 60. Destino de los bienes demaniales. Artículo 61. Tipos de uso de los bienes de dominio público. Artículo 62. Uso común general. Artículo 63. Uso común especial. Artículo 64. Uso privativo.
Sección 2.ª Autorizaciones y concesiones. Normas comunes
Artículo 65. Competencia. Artículo 66. Condiciones generales. Artículo 67. Procedimiento. Artículo 68. Resolución de autorización o concesión demanial. Artículo 69. Pérdida de la condición demanial. Artículo 70. Extinción. Artículo 71. Reservas demaniales. Artículo 72. Autorizaciones demaniales.
Sección 3.ª Concesiones demaniales
Artículo 73. Concesiones demaniales. Artículo 74. Prohibiciones para ser titular de concesiones demaniales. Artículo 75. Procedimiento de la concesión demanial. Artículo 76. Derechos reales sobre obras de dominio público. Artículo 77. Transmisión de derechos reales. Artículo 78. Titulización de derechos de cobro. Artículo 79. Efectos de la extinción de la concesión. Artículo 80. Derechos de adquisición preferente.
TÍTULO III. Régimen de los bienes del patrimonio
CAPÍTULO I. Gestión patrimonial. Disposiciones comunes
Artículo 81. Libertad de pactos. Artículo 82. Régimen jurídico de los negocios patrimoniales. Artículo 83. Expediente patrimonial. Artículo 84. Formalización. Artículo 85. Valoración. Artículo 86. Seguros. Artículo 87. Rendimientos del patrimonio y custodia de valores. Artículo 88. Contratos de obras en inmuebles de la Comunidad Autónoma. Artículo 89. Adquisición y enajenación de inmuebles en el extranjero.
CAPÍTULO II. Adquisición de bienes y derechos
Sección 1.ª Adquisiciones
Subsección 1.ª Modos de adquirir
Artículo 90. Modos de adquirir.
Subsección 2.ª Adquisiciones a título gratuito
Artículo 91. Herencias, legados y donaciones. Artículo 92. Cesiones administrativas.
Subsección 3.ª Adquisiciones a título oneroso
Artículo 93. Adquisiciones a título oneroso. Artículo 94. Adquisición de inmuebles o derechos sobre los mismos. Artículo 95. Adquisición de edificios en construcción. Artículo 96. Adquisición de bienes muebles a título oneroso.
Subsección 4.ª Otras formas de adquisición
Artículo 97. Transferencias de funciones y servicios. Artículo 98. Adquisición por usucapión, accesión u ocupación. Artículo 99. Adquisición de bienes por ejercicio de la potestad expropiatoria. Artículo 100. Adjudicación en pago. Artículo 101. Adquisiciones derivadas de actuaciones urbanísticas. Artículo 102. Adquisición de bienes por reducción de capital o fondos propios.
Sección 2.ª Sociedades y acciones
Artículo 103. Adquisición de títulos representativos del capital de sociedades mercantiles y constitución.
Sección 3.ª Propiedad incorporal
Artículo 104. Adquisición de derechos de propiedad incorporal.
CAPÍTULO III. Arrendamientos
Artículo 105. Arrendamiento de inmuebles. Artículo 106. Contratos mixtos. Artículo 107. Gastos de arrendamientos. Artículo 108. Arrendamiento de bienes muebles.
CAPÍTULO IV. Enajenación a título oneroso de bienes y derechos
Sección 1.ª Normas generales
Artículo 109. Normas generales. Artículo 110. Negocios jurídicos de enajenación.
Sección 2.ª Enajenación de inmuebles
Artículo 111. Trámites previos a la enajenación. Artículo 112. Competencia. Artículo 113. Formas de enajenación. Artículo 114. Subasta pública y concurso. Artículo 115. Enajenación directa. Artículo 116. Enajenaciones a colindantes. Artículo 117. Aportación a Agrupaciones de Interés Urbanístico.
Sección 3.ª Enajenación de bienes muebles
Artículo 118. Enajenación de bienes muebles.
Sección 4.ª Enajenación de derechos de la propiedad incorporal
Artículo 119. Enajenación de derechos de la propiedad intelectual e industrial.
Sección 5.ª Enajenación de títulos valores
Artículo 120. Enajenación de títulos valores.
CAPÍTULO V. Permuta de bienes y derechos
Artículo 121. Permuta de bienes y derechos. Artículo 122. Permuta por edificios futuros o a construir.
CAPÍTULO VI. Cesiones gratuitas
Artículo 123. Concepto. Artículo 124. Cesiones gratuitas de propiedad de bienes inmuebles. Artículo 125. Cesiones gratuitas de uso de bienes inmuebles. Artículo 126. Cesiones gratuitas de bienes muebles. Artículo 127. Cesiones en precario de bienes inmuebles. Artículo 128. Cesión gratuita de derechos incorporales. Artículo 129. Cesiones urbanísticas, de derechos de superficie y otros derechos reales. Artículo 130. Cesiones de bienes de los organismos públicos. Artículo 131. Transferencias de titularidad. Artículo 132. Vinculación al fin. Artículo 133. Publicidad de la cesión.
CAPÍTULO VII. Explotación de bienes patrimoniales
Artículo 134. Criterio de rentabilidad. Artículo 135. Explotación por medio de organismo público o ente instrumental. Artículo 136. Duración de los contratos de explotación de bienes inmuebles patrimoniales. Artículo 137. Contraprestación económica. Artículo 138. Verificación de las condiciones de explotación. Artículo 139. Administración y explotación de propiedades incorporales. Artículo 140. Explotación por particulares.
TÍTULO IV. Edificios administrativos
CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 141. Concepto de edificios administrativos. Artículo 142. Gestión de edificios administrativos. Artículo 143. Gestión conjunta de los edificios.
CAPÍTULO II. Órganos de coordinación
Artículo 144. Órganos de coordinación. Artículo 145. Consejo Gestor de Edificios Administrativos. Artículo 146. Coordinación y colaboración.
CAPÍTULO III. Programas y proyectos de actuación
Artículo 147. Objeto y contenido de los Programas y Proyectos de Actuación. Artículo 148. Programas Generales de Actuación. Artículo 149. Proyectos de Actuación. Artículo 150. Facultades del órgano directivo que tenga asignadas las funciones patrimoniales en materia de edificios administrativos. Artículo 151. Programación de actuaciones de adquisición o modificación de superficies en inmuebles para uso administrativo. Artículo 152. Actuaciones de colaboración. Artículo 153. Verificación de proyectos de obras.
TÍTULO V. Relaciones interadministrativas
CAPÍTULO I. Convenios
Artículo 154. Iniciativa de las administraciones para la gestión de los bienes públicos. Artículo 155. Convenios patrimoniales y urbanísticos. Artículo 156. Libertad de estipulaciones. Artículo 157. Competencia.
CAPÍTULO II. Régimen urbanístico
Artículo 158. Comunicación de actuaciones urbanísticas. Artículo 159. Régimen urbanístico de la desafectación de inmuebles.
TÍTULO VI. Patrimonio del sector público de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Artículo 160. Delimitación del sector público de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Artículo 161. Títulos-valores. Artículo 162. Fondos propios de la Comunidad Autónoma. Artículo 163. Régimen patrimonial. Artículo 164. Constitución de empresas públicas o institucionales. Aumento del capital. Artículo 165. Administración de los títulos valores. Artículo 166. Reducción del capital. Artículo 167. Disolución de sociedades. Artículo 168. Tutela funcional de las sociedades mercantiles y de las fundaciones públicas. Artículo 169. Representación en los órganos sociales y fundacionales.
TÍTULO VII. Infracciones y sanciones
Artículo 170. Infracciones y responsables. Artículo 171. Tipificación de las infracciones. Artículo 172. Sanciones. Artículo 173. Prescripción de las infracciones y de las sanciones. Artículo 174. Procedimiento sancionador. Artículo 175. Reparación e indemnización de daños y perjuicios. Artículo 176. Ejecución forzosa. Multas coercitivas. Artículo 177. Medidas cautelares. Artículo 178. Ejecución subsidiaria. Artículo 179. Vía de apremio. Artículo 180. Hechos constitutivos de delito o falta.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Patrimonio de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales». D.A. 2ª. Patrimonio Público del Suelo. D.A. 3ª. Actualización de cuantías. D.A. 4ª. Actualización de Inventarios. D.A. 5ª. Patrimonio de la Universidad de Extremadura. D.A. 6ª. Determinación del valor unitario de los bienes a efectos de su inclusión en inventario. D.A. 7ª. Régimen jurídico de los semovientes. D.A. 8ª. Distribución de competencias. D.A. 9ª. Relaciones de bienes y derechos. Inscripciones en el Inventario del Patrimonio. D.A. 10ª. Adquisición centralizada de bienes y servicios. D.A. 11ª. Régimen de la Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura. D.A. 12ª. Afectación a servicios educativos. D.A. 13ª. Donaciones por acontecimientos extraordinarios.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª D.T. 2ª D.T. 3ª D.T. 4ª
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª.