Articulo 4 Patrimonio de Extremadura

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Artículo 4. Clasificación.

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Por razón del régimen jurídico al que están sujetos, los bienes y derechos que integran el Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura se clasifican en demaniales o de dominio público y patrimoniales o de dominio privado.

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  • Texto Original. Publicado el 17-06-2008 en vigor desde 17-08-2008