Da 3 Patrimonio de Extremadura

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D.A. 3ª. Actualización de cuantías.

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Las cuantías para la determinación de las infracciones y las correspondientes a las sanciones previstas en esta Ley, así como los demás límites cuantitativos establecidos con objeto de adecuarlos a las variaciones experimentadas por el transcurso del tiempo, podrán actualizarse periódicamente a través de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-06-2008 en vigor desde 17-08-2008