Df 1 Patrimonio de Extremadura
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»D.F. 1ª.
Vigente
Se habilita al Consejo de Gobierno para dictar en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor de la presente Ley su reglamento general de ejecución y demás, disposiciones reglamentarias necesarias para su aplicación y desarrollo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-06-2008 en vigor desde 17-08-2008