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Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 02-12-2022

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Febrero de 2024

F. entrada en vigor: 22/12/2022

Órgano emisor: CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 232

F. Publicación: 02/12/2022

Documento oficial en PDF: Enlace


Artículo único. Aprobación del Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa para el desarrollo del reglamento. D.F. 2ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY 7/2021, DE 1 DE DICIEMBRE, DE IMPULSO PARA LA SOSTENIBILIDAD DEL TERRITORIO DE ANDALUCÍA
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
CAPÍTULO I Objeto del Reglamento
Artículo 1. Objeto del Reglamento.
CAPÍTULO II. La información territorial y urbanística
Artículo 2. El derecho de acceso a la información territorial y urbanística. Artículo 3. La cédula urbanística. Artículo 4. Derecho de consulta para la ordenación y ejecución de las actuaciones de transformación urbanística. Artículo 5. Registros administrativos de instrumentos de ordenación urbanística y convenios. Artículo 6. Sistema de información territorial y urbanística.
CAPÍTULO III La participación ciudadana
Artículo 7. El derecho de participación ciudadana. Artículo 8. Información pública.
CAPÍTULO IV. La colaboración público-privada
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 9. Modos de colaboración público-privada en la actividad territorial y urbanística. Artículo 10. Los Colegios Profesionales. Artículo 11. Las Entidades Urbanísticas Certificadoras. Artículo 12. Principios de actuación de las Entidades Urbanísticas Certificadoras y de los Colegios Profesionales. Artículo 13. Ámbitos de colaboración y actuación. Artículo 14. Obligaciones de las Entidades Urbanísticas Certificadoras. Artículo 15. El informe o certificado de las entidades urbanísticas certificadoras y de los colegios profesionales. Artículo 16. Registro de las Entidades Urbanísticas Certificadoras de Andalucía.
SECCIÓN 2ª. RÉGIMEN DE LOS CONVENIOS
Artículo 17. Convenios con personas públicas o privadas.
TÍTULO I. Régimen del suelo
CAPÍTULO I Clasificación del suelo
Artículo 18. Clases de suelo. Artículo 19. Suelo urbano. Artículo 20. Suelo rústico.
CAPÍTULO II. Ordenación legal de directa aplicación
Artículo 21. Normas de aplicación directa.
CAPÍTULO III. Régimen de los usos y actividades en suelo rústico
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 22. Actuaciones en suelo rústico. Artículo 23. Asentamientos urbanísticos y hábitat rural diseminado. Artículo 24. Actos que inducen a la formación de nuevos asentamientos. Artículo 25. Medios de intervención administrativa en suelo rústico. Artículo 26. Adecuación y proporcionalidad de las actuaciones en suelo rústico.
SECCIÓN 2ª. ACTUACIONES ORDINARIAS EN SUELO RÚSTICO
Artículo 27. Usos ordinarios. Artículo 28. Actuaciones ordinarias vinculadas a la utilización racional de los recursos naturales. Artículo 29. Edificaciones de uso residencial necesarias para el desarrollo de los usos ordinarios.
SECCIÓN 3ª. ACTUACIONES EXTRAORDINARIAS EN SUELO RÚSTICO
Artículo 30. Actuaciones extraordinarias. Artículo 31. Viviendas unifamiliares aisladas no vinculadas. Artículo 32. Procedimiento de autorización de las actuaciones extraordinarias. Artículo 33. Proyecto de Actuación. Artículo 34. Duración de la cualificación de los terrenos. Artículo 35. Prestación compensatoria.
SECCIÓN 4ª. ACTUACIONES SOBRE EL HÁBITAT RURAL DISEMINADO
Artículo 36. Actuaciones sobre el hábitat rural diseminado. Artículo 37. Determinaciones para la ordenación del hábitat rural diseminado. Artículo 38. Condiciones para la implantación de nuevas edificaciones. Artículo 39. Usos admisibles en el hábitat rural diseminado. Artículo 40. Actuaciones prohibidas en el hábitat rural diseminado. Artículo 41. Actuaciones urbanísticas en el hábitat rural diseminado. Artículo 42. La ejecución asistemática del hábitat rural diseminado.
TÍTULO II. Régimen de las actuaciones de transformación urbanística
CAPÍTULO I. La ordenación de las actuaciones de transformación urbanística
Artículo 43. Propuesta de delimitación y ordenación de actuaciones de transformación urbanística. Artículo 44. Contenido de la propuesta de delimitación de actuaciones de transformación urbanística. Artículo 45. Procedimiento de aprobación de la propuesta de delimitación de actuaciones de transformación urbanística. Artículo 46. Derecho de la propiedad del suelo incluido en actuaciones de transformación urbanística.
CAPÍTULO II. Actuaciones de transformación urbanística en suelo urbano
Artículo 47. Actuaciones de mejora urbana. Artículo 48. Actuaciones de reforma interior. Artículo 49. Deberes de la promoción de actuaciones de transformación urbanística en suelo urbano.
CAPÍTULO III. Actuaciones de transformación urbanística en suelo rústico
Artículo 50. Actuaciones de nueva urbanización. Artículo 51. Deberes de la promoción de las actuaciones de nueva urbanización.
CAPÍTULO IV. De los aprovechamientos urbanísticos
Artículo 52. Aprovechamiento urbanístico. Artículo 53. Equidistribución y distribución de beneficios y cargas. Artículo 54. Aprovechamiento urbanístico de las actuaciones de mejora urbana. Artículo 55. Aprovechamiento urbanístico de las actuaciones de reforma interior. Artículo 56. Aprovechamiento urbanístico de las actuaciones de nueva urbanización.
TÍTULO III. La ordenación territorial
CAPÍTULO I. Principios y directrices generales
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 57. Instrumentos de ordenación territorial. Artículo 58. Objetivos de la gestión territorial.
SECCIÓN 2ª. DETERMINACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL LITORAL
Artículo 59. Principios básicos de la ordenación del litoral.
SECCIÓN 3ª. DETERMINACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL PAISAJE
Artículo 60. Criterios de integración paisajística. Artículo 61. Catálogos de paisaje.
CAPÍTULO II. Los instrumentos de ordenación territorial
SECCIÓN 1ª. LOS PLANES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Artículo 62. Contenido del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. Artículo 63. Contenido de los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional.
SECCIÓN 2ª. DE LAS DECLARACIONES DE INTERÉS AUTONÓMICO
Artículo 64. Declaración de Interés Autonómico. Artículo 65. Proyecto de actuación autonómico.
SECCIÓN 3ª. INSTRUMENTOS DE DESARROLLO
Artículo 66. Instrumentos de desarrollo.
CAPÍTULO III La ejecución territorial
Artículo 67. Instrumentos de ejecución territorial. Artículo 68. Programas coordinados para la gestión territorial.
CAPÍTULO IV. Planes y actuaciones con incidencia en la ordenación del territorio
SECCIÓN 1ª. LOS PLANES CON INCIDENCIA EN LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Artículo 69. Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio. Artículo 70. Elaboración y tramitación.
SECCIÓN 2ª. DE LAS ACTUACIONES CON INCIDENCIA EN LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Artículo 71. Concepto. Artículo 72. Informe de incidencia territorial.
TÍTULO IV. La ordenación urbanística
CAPÍTULO I. Determinaciones e Instrumentos de la ordenación urbanística
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 73. Disposiciones generales de la ordenación urbanística.
SECCIÓN 2ª. LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA GENERAL
Artículo 74. La ordenación urbanística general. Artículo 75. El modelo general de ordenación. Artículo 76. La planificación estratégica de la evolución del modelo general de ordenación. Artículo 77. Determinaciones que complementan el modelo general de ordenación.
SECCIÓN 3ª. LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA DETALLADA
Artículo 78. La ordenación urbanística detallada.
SECCIÓN 4ª. CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD PARA LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA
Artículo 79. Criterios generales para la ordenación urbanística. Artículo 80. Criterios de ordenación del espacio público urbano y el espacio verde urbano. Artículo 81. Criterios de ordenación de las dotaciones. Artículo 82. Reservas y estándares dotacionales. Artículo 83. Reserva de vivienda protegida.
SECCIÓN 5ª. INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA Y COMPLEMENTARIOS
SUBSECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 84. Instrumentos de ordenación urbanística y complementarios. Artículo 85. Contenido documental de los Instrumentos de ordenación urbanística.
SUBSECCIÓN 2ª. Instrumentos de ordenación urbanística general
Artículo 86. El Plan General de Ordenación Municipal. Artículo 87. El Plan de Ordenación Intermunicipal. Artículo 88. El Plan Básico de Ordenación Municipal.
SUBSECCIÓN 3ª. Los instrumentos de ordenación urbanística detallada
Artículo 89. Los Planes de Ordenación Urbana. Artículo 90. Los Planes Parciales de Ordenación. Artículo 91. Los Planes de Reforma Interior. Artículo 92. Los Estudios de Ordenación. Artículo 93. Los Planes Especiales.
SUBSECCIÓN 4ª. Los instrumentos complementarios
Artículo 94. Los Estudios de Detalle. Artículo 95. Los Catálogos. Artículo 96. Las Ordenanzas Municipales de Edificación y de Urbanización. Artículo 97. Las Normas Directoras.
CAPÍTULO II. Procedimiento de aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística y de los instrumentos complementarios
SECCIÓN 1ª. INICIATIVA
Artículo 98. Iniciativa para la tramitación de los instrumentos de ordenación urbanística.
SECCIÓN 2ª. ACTOS PREPARATORIOS
Artículo 99. Colaboración administrativa. Artículo 100. Consultas públicas. Artículo 101. Avance.
SECCIÓN 3ª. PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN
Artículo 102. Aprobación inicial. Artículo 103. Suspensión de aprobaciones, autorizaciones y licencias. Artículo 104. Información pública y audiencia. Artículo 105. Informes sectoriales y consultas. Artículo 106. Régimen de los informes sectoriales. Artículo 107. Informe de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Artículo 108. Nuevos trámites de información pública y de solicitud de informes sectoriales. Artículo 109. Aprobación definitiva. Artículo 110. Publicidad, publicación y entrada en vigor.
SECCIÓN 4ª. ESPECIALIDADES DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 111. Tramitación a iniciativa privada. Artículo 112. Tramitación de los instrumentos complementarios de la ordenación urbanística. Artículo 113. Tramitación de urgencia. Artículo 114. Tramitación simultánea.
SECCIÓN 5ª. COLABORACIÓN INTERADMINISTRATIVA
Artículo 115. Instrumentos de colaboración interadministrativa. Artículo 116. Mesas de trabajo para el impulso de la tramitación. Artículo 117. Comisiones Provinciales de Coordinación Urbanística.
CAPÍTULO III. Régimen de las innovaciones de los instrumentos de ordenación urbanística
Artículo 118. Innovación de los instrumentos de ordenación urbanística. Artículo 119. Reglas particulares de ordenación en las innovaciones. Artículo 120. Revisión de los instrumentos de ordenación urbanística. Artículo 121. Modificación de los instrumentos de ordenación urbanística. Artículo 122. Textos refundidos.
TÍTULO V. La ejecución urbanística
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
SECCIÓN 1ª. DEFINICIONES Y CRITERIOS GENERALES
Artículo 123. Alcance de la ejecución urbanística. Artículo 124. Modalidades de la ejecución urbanística. Artículo 125. Presupuestos de la actividad de ejecución.
SECCIÓN 2ª. SUJETOS DE LA ACTIVIDAD DE EJECUCIÓN
SUBSECCIÓN 1ª. Actuación Pública en la ejecución
Artículo 126. Gestión Pública. Artículo 127. Gerencias Urbanísticas. Artículo 128. Convenios interadministrativos de colaboración. Artículo 129. Consorcios Urbanísticos.
SUBSECCIÓN 2ª. Colaboración público-privada
Artículo 130. Propietarios. Artículo 131. Entidades colaboradoras. Artículo 132. Procedimiento para la constitución de Entidades colaboradoras. Artículo 133. Agente urbanizador y edificador. Artículo 134. Empresa urbanizadora y empresa constructora.
CAPÍTULO II. Instrumentos y técnicas de ejecución
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 135. Equidistribución de cargas y beneficios en las actuaciones urbanísticas y de transformación urbanística. Artículo 136. Instrumentos y técnicas de ejecución.
SECCIÓN 2ª. PARCELACIÓN
Artículo 137. Autorización de las parcelaciones. Artículo 138. Indivisibilidad de fincas, unidades aptas para la edificación. Artículo 139. Régimen de las parcelaciones urbanísticas.
SECCIÓN 3ª. REPARCELACIÓN
SUBSECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 140. Objeto de la reparcelación. Artículo 141. Reparcelación voluntaria y reparcelación forzosa. Artículo 142. Reparcelación económica. Artículo 143. Normalización de fincas. Artículo 144. Supuestos de innecesaria reparcelación.
SUBSECCIÓN 2ª. Criterios para la reparcelación
Artículo 145. Criterios de la reparcelación. Artículo 146. Régimen de los bienes de dominio público. Artículo 147. Titulares e interesados.
SUBSECCIÓN 3ª. Contenido de los proyectos de reparcelación
Artículo 148. Contenido del proyecto de reparcelación. Artículo 149. Memoria del proyecto de reparcelación. Artículo 150. Descripción de las fincas o parcelas de origen. Artículo 151. Indemnizaciones. Artículo 152. Propuesta de adjudicación de las fincas o parcelas resultantes. Artículo 153. Cuenta de liquidación provisional. Artículo 154. Planos del proyecto de reparcelación.
SUBSECCIÓN 4ª. Inicio del expediente de reparcelación y procedimiento de aprobación del proyecto de reparcelación
Artículo 155. Iniciación del expediente de reparcelación. Artículo 156. Tramitación del proyecto de reparcelación. Artículo 157. Aprobación del proyecto de reparcelación. Artículo 158. Formalización e inscripción. Artículo 159. Tramitación y aprobación del proyecto de reparcelación voluntaria. Artículo 160. Operaciones jurídicas complementarias y modificaciones al proyecto de reparcelación.
SUBSECCIÓN 5ª. Efectos de la Aprobación
Artículo 161. Efectos jurídicos reales de la aprobación del proyecto de la reparcelación. Artículo 162. Efectos económicos de la aprobación de la reparcelación.
SUBSECCIÓN 6ª. Liquidación parcial por fases de urbanización
Artículo 163. Concentración de la carga urbanística en otras parcelas resultantes tras la recepción parcial de las obras de urbanización. Artículo 164. Cancelación de la carga urbanística y constitución de garantías alternativas tras la recepción parcial de las obras de urbanización.
SUBSECCIÓN 7ª. Liquidación definitiva
Artículo 165. Cuenta de liquidación definitiva. Artículo 166. Exenciones fiscales de las transmisiones en el seno de la reparcelación urbanística.
SECCIÓN 4ª. DISTRIBUCIÓN DE CARGAS
Artículo 167. Proyecto de distribución de cargas.
SECCIÓN 5ª. EJECUCIÓN MEDIANTE RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Artículo 168. Ejecución mediante régimen de propiedad horizontal.
SECCIÓN 6ª. OTRAS TÉCNICAS DE EJECUCIÓN
Artículo 169. Reservas de aprovechamiento. Artículo 170. Procedimiento de aprobación de las reservas de aprovechamiento. Artículo 171. Transferencias de aprovechamiento. Artículo 172. Procedimiento de aprobación de las transferencias de aprovechamiento. Artículo 173. Transmisión de excesos de aprovechamiento. Artículo 174. Las compensaciones monetarias sustitutivas. Artículo 175. Registro municipal de aprovechamientos.
CAPÍTULO III. La ejecución mediante gestión indirecta
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 176. Agente urbanizador.
SECCIÓN 2ª. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DEL AGENTE URBANIZADOR
Artículo 177. Inicio del procedimiento de selección del agente urbanizador. Artículo 178. Contenido de los pliegos para la selección de agente urbanizador. Artículo 179. Información pública, audiencia y presentación de alternativas. Artículo 180. Adjudicación y formalización de la concesión. Artículo 181. Prerrogativas y facultades del agente urbanizador. Artículo 182. Participación y otros derechos de los propietarios.
SECCIÓN 3ª. LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS MEDIANTE GESTIÓN INDIRECTA
Artículo 183. Contratación de las obras de urbanización. Artículo 184. Acta de replanteo. Artículo 185. Relaciones entre el agente urbanizador y los propietarios.
SECCIÓN 4ª. TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN
Artículo 186. Causas de resolución de la adjudicación de la concesión. Artículo 187. Compensación al agente urbanizador.
CAPÍTULO IV. La ejecución de la urbanización
SECCIÓN 1ª. ACTUACIONES DE URBANIZACIÓN
SUBSECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 188. Clases de obras de urbanización. Artículo 189. Gastos de urbanización. Artículo 190. Derechos de realojo y retorno.
SUBSECCIÓN 2ª. El proyecto de urbanización
Artículo 191. Contenido y documentación. Artículo 192. Procedimiento de aprobación del proyecto de urbanización.
SUBSECCIÓN 3ª. Obras ordinarias de urbanización
Artículo 193. Proyecto de obras ordinarias de urbanización.
SECCIÓN 2ª. EJECUCIÓN DE LA URBANIZACIÓN
Artículo 194. Ejecución de la urbanización. Artículo 195. Garantía de urbanización. Artículo 196. Pago en terrenos de los gastos de urbanización.
SECCIÓN 3ª. RECEPCIÓN DE LA URBANIZACIÓN
Artículo 197. Procedimiento de recepción de las obras de urbanización. Artículo 198. Acta de recepción. Artículo 199. Efectos de la recepción de las obras de urbanización.
SECCIÓN 4ª. CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN
Artículo 200. Deber de conservación de las obras de urbanización. Artículo 201. Entidades urbanísticas de conservación de la urbanización.
CAPÍTULO V. De la coordinación en la tramitación de los instrumentos de ordenación y de ejecución urbanística y de la coordinación de las actuaciones de ejecución
Artículo 202. Tramitación coordinada de los instrumentos de ordenación urbanística y de ejecución. Artículo 203. Urbanización y edificación simultánea.
CAPÍTULO VI. La ejecución de las actuaciones sistemáticas
SECCIÓN 1ª. CRITERIOS GENERALES
Artículo 204. Unidades de Ejecución. Artículo 205. Requisitos y criterios para la delimitación de las unidades de ejecución. Artículo 206. Procedimiento de delimitación de las unidades de ejecución y elección del sistema de actuación en ausencia de previsión en los instrumentos urbanísticos correspondientes. Artículo 207. Efectos de la inclusión de terrenos en unidad de ejecución. Artículo 208. Elección del sistema de actuación. Artículo 209. Sustitución del sistema de actuación.
SECCIÓN 2ª. EL SISTEMA DE COMPENSACIÓN
SUBSECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 210. Características del sistema de compensación. Artículo 211. Modalidades del sistema de compensación.
SUBSECCIÓN 2ª. Modalidad suscrita por la totalidad de los propietarios
Artículo 212. Iniciativa y establecimiento del sistema.
SUBSECCIÓN 3ª. Modalidad simplificada
Artículo 213. Iniciativa para el establecimiento del sistema de compensación mediante procedimiento simplificado. Artículo 214. Bases de actuación. Artículo 215. Procedimiento para establecimiento del sistema. Artículo 216. Efectos del establecimiento del sistema de compensación mediante el procedimiento simplificado.
SUBSECCIÓN 4ª. Modalidad de Junta de Compensación
Artículo 217. Formalización de la iniciativa para el establecimiento del sistema de compensación mediante constitución de Junta de Compensación. Artículo 218. Estatutos y bases de actuación. Artículo 219. Procedimiento para establecimiento del sistema y constitución de la Junta de Compensación. Artículo 220. La Junta de Compensación. Artículo 221. Criterios y requisitos específicos para la reparcelación. Artículo 222. Aprobación del proyecto de reparcelación por la Junta de Compensación.
SUBSECCIÓN 5ª. Sustitución del sistema de compensación
Artículo 223. Sustitución del sistema o de la modalidad de compensación por incumplimiento de los plazos. Artículo 224. Procedimiento para la declaración de incumplimiento de plazos. Artículo 225. Efectos de la declaración de incumplimiento de plazos.
SECCIÓN 3ª. EL SISTEMA DE EXPROPIACIÓN
Artículo 226. Características del sistema de actuación por expropiación. Artículo 227. Relación de propietarios y descripción de bienes y derechos. Artículo 228. Formas de gestión del sistema de expropiación.
SECCIÓN 4ª. EL SISTEMA DE COOPERACIÓN
Artículo 229. Características del sistema de actuación por cooperación. Artículo 230. Entidad urbanística de cooperación. Artículo 231. Pago de los gastos de urbanización por los propietarios. Artículo 232. Pago en metálico de las cuotas de urbanización. Artículo 233. Pago en especie mediante cesión de terrenos edificables. Artículo 234. Disposición de los bienes y derechos en el sistema de actuación por cooperación. Artículo 235. Pago en especie a la empresa constructora de las obras de urbanización. Artículo 236. Liquidación de la actuación.
CAPÍTULO VII. La ejecución de las actuaciones asistemáticas
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 237. Supuestos de ejecución asistemática en actuaciones en suelo urbano. Artículo 238. Delimitación del ámbito de actuación sujeto a ejecución asistemática. Artículo 239. Cuota de urbanización en actuaciones asistemáticas. Artículo 240. Contribuciones especiales.
SECCIÓN 2ª. DISTRIBUCIÓN DE CARGAS DE URBANIZACIÓN
Artículo 241. Distribución de cargas de urbanización en actuaciones asistemáticas. Artículo 242. Entidad de Urbanización. Artículo 243. Estatutos de la Entidad de Urbanización. Artículo 244. Objeto del proyecto de distribución de cargas de urbanización. Artículo 245. Contenido del proyecto de distribución de cargas de urbanización. Artículo 246. Procedimiento de aprobación del proyecto de distribución de cargas de urbanización. Artículo 247. Efectos de la aprobación del proyecto de distribución de cargas de urbanización. Artículo 248. Distribución de cargas y cumplimiento del deber de cesión de sistemas locales y generales en el seno de la división horizontal o del complejo inmobiliario. Artículo 249. Liquidación de la actuación.
CAPÍTULO VIII. La obtención y ejecución de sistemas generales y locales
Artículo 250. Formas de obtención del suelo destinado a sistemas generales y locales. Artículo 251. Sustitución de las cesiones de sistemas generales y locales. Artículo 252. Reglas del procedimiento de ocupación directa. Artículo 253. Formas de ejecución material de sistemas generales y locales. Artículo 254. Mecanismos de participación en la ejecución material de sistemas generales y locales comunes a distintos ámbitos. Artículo 255. Procedimiento de colaboración y cooperación para la ejecución de sistemas generales y locales.
CAPÍTULO IX. Las áreas de gestión integrada
SECCIÓN 1ª. NORMAS GENERALES DE LAS ÁREAS DE GESTIÓN INTEGRADA
Artículo 256. Concepto y naturaleza instrumental. Artículo 257. Supuestos de establecimiento de áreas de gestión integrada. Artículo 258. Instrumentos aptos para la delimitación de áreas de gestión integrada. Artículo 259. Contenido de la delimitación de áreas de gestión integrada. Artículo 260. Efectos de la delimitación de áreas de gestión integrada. Artículo 261. Medidas de fomento de actuaciones privadas de rehabilitación o implantación de determinados usos. Artículo 262. La ejecución en las áreas de gestión integrada.
SECCIÓN 2ª. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA CONSORCIAL DEL ÁREA DE GESTIÓN INTEGRADA
Artículo 263. Organización consorcial de las áreas de gestión integrada. Artículo 264. Naturaleza y régimen jurídico del consorcio del área de gestión integrada.
CAPÍTULO X. La expropiación forzosa por razón de urbanismo
Artículo 265. Procedimientos expropiatorios por razón de urbanismo. Artículo 266. Procedimiento de la tasación conjunta. Artículo 267. Procedimiento de tasación individual. Artículo 268. Ocupación y constancia en el Registro de la Propiedad y en el Catastro.
CAPÍTULO XI. Instrumentos de intervención en el mercado de suelo
SECCIÓN 1ª. LOS PATRIMONIOS PÚBLICOS DE SUELO
Artículo 269. Registro de los Patrimonios Públicos de Suelo. Artículo 270. Forma y efectos de la constancia en el Registro de la Propiedad de las limitaciones en bienes integrantes del Patrimonio Público de Suelo. Artículo 271. Gestión de los Patrimonios Públicos de Suelo. Artículo 272. Controles en el destino y disposición de recursos procedentes de los Patrimonios Públicos de Suelo. Artículo 273. Delimitación de reservas de terrenos para constitución o ampliación de Patrimonios Públicos de Suelo. Artículo 274. Incorporación al proceso urbanizador de los terrenos objeto de reserva para los Patrimonios Públicos de Suelo.
SECCIÓN 2ª. DERECHOS DE SUPERFICIE Y DE TANTEO Y RETRACTO
SUBSECCIÓN 1ª. Derecho de superficie
Artículo 275. Derecho real de superficie como instrumento de intervención en el mercado inmobiliario. Artículo 276. Régimen jurídico del derecho de superficie.
SUBSECCIÓN 2ª. Derecho de tanteo y retracto
Artículo 277. Procedimiento para la delimitación de áreas. Artículo 278. Notificación de transmisión de bienes sujetos a derecho de tanteo y retracto. Artículo 279. Integración en el sistema de información territorial y urbanística de bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto.
TÍTULO VI. Actividad de edificación
CAPÍTULO I. La ejecución de las obras de edificación
SECCIÓN 1ª. ACTUACIONES EDIFICATORIAS
Artículo 280. Actuaciones edificatorias. Artículo 281. Actuaciones edificatorias en suelo urbano. Artículo 282. Ejercicio de la facultad de edificar en suelo sometido a actuaciones de transformación. Artículo 283. Actuaciones edificatorias en suelo rústico. Artículo 284. Usos y obras de carácter provisional.
SECCIÓN 2ª. INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE EDIFICACIÓN
Artículo 285. Declaración de incumplimiento del deber de edificación. Artículo 286. Efectos de la declaración del incumplimiento del deber de edificación.
CAPÍTULO II. Medios de intervención administrativa sobre la actividad de edificación
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 287. Concepto y normas generales de las licencias urbanísticas. Artículo 288. Objeto y alcance de la licencia urbanística. Artículo 289. Concepto y normas generales de las declaraciones responsables y comunicaciones previas.
SECCIÓN 2ª. LICENCIAS URBANÍSTICAS, DECLARACIONES RESPONSABLES Y COMUNICACIONES PREVIAS
Artículo 290. Tipología de actos urbanísticos sujetos a intervención administrativa. Artículo 291. Actos sujetos a licencia urbanística. Artículo 292. Actos no sujetos a licencia urbanística. Artículo 293. Actos sujetos a declaración responsable. Artículo 294. Actos sujetos a comunicación previa. Artículo 295. Declaraciones responsables y licencias por fases y parciales. Artículo 296. Actos promovidos por Administraciones Públicas.
SECCIÓN 3ª. PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
Artículo 297. Competencia para el otorgamiento de las licencias urbanísticas. Artículo 298. Normas generales sobre el procedimiento. Artículo 299. Inicio del procedimiento. Artículo 300. Visado. Artículo 301. Subsanación y reiteración de solicitudes. Artículo 302. Informes técnico y jurídico. Artículo 303. Resolución. Artículo 304. Plazo de resolución.
SECCIÓN 4ª. RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS MEDIOS DE INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA
Artículo 305. Causas de nulidad de los títulos administrativos. Artículo 306. Medios de intervención disconformes con la nueva ordenación urbanística. Artículo 307. Eficacia temporal y caducidad de las licencias. Artículo 308. Eficacia temporal y caducidad de las declaraciones responsables. Artículo 309. Transmisión de los medios de intervención administrativa. Artículo 310. Ejecución de obras de edificación. Artículo 311. De las modificaciones durante la ejecución de las obras.
SECCIÓN 5ª. LAS MEDIDAS DE GARANTÍA Y PUBLICIDAD DE LA OBSERVANCIA DE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA
Artículo 312. Requisitos de acceso a los servicios prestados por las empresas suministradoras y para la implantación de edificaciones prefabricadas. Artículo 313. Información y publicidad en obras. Artículo 314. Requisitos para la formalización e inscripción de los actos de edificación.
CAPÍTULO III. La conservación y rehabilitación de las edificaciones
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 315. Deber de conservación y rehabilitación. Artículo 316. Sujetos legitimados.
SECCIÓN 2ª. ÁMBITOS DE ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN Y CONSERVACIÓN EDIFICATORIA
Artículo 317. La ejecución de las actuaciones de rehabilitación y conservación. Artículo 318. Proyecto de distribución de cargas de conservación. Artículo 319. Liquidación de la actuación.
SECCIÓN 3ª. ÓRDENES DE EJECUCIÓN DE OBRAS DE CONSERVACIÓN Y MEJORA
Artículo 320. Órdenes de ejecución de obras de conservación, mejora y rehabilitación. Artículo 321. Procedimiento para dictar órdenes de ejecución. Artículo 322. Incumplimiento de las órdenes de ejecución.
SECCIÓN 4ª. LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES
Artículo 323. Inspección técnica de construcciones y edificaciones. Artículo 324. Sujetos obligados. Artículo 325. Técnicos competentes y normativa aplicable. Artículo 326. El Informe de inspección técnica de construcciones y edificaciones. Artículo 327. Registro de inspección técnica de construcciones y edificaciones.
SECCIÓN 5ª. SITUACIÓN LEGAL DE RUINA URBANÍSTICA
Artículo 328. Procedimiento de declaración de situación legal de ruina urbanística. Artículo 329. Efectos de la declaración de situación legal de ruina urbanística. Artículo 330. Ruina física inminente.
CAPÍTULO IV. La ejecución por sustitución por incumplimiento de los deberes de edificación, rehabilitación y conservación
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 331. La ejecución por sustitución.
SECCIÓN 2ª. EJECUCIÓN SUBSIDIARIA
Artículo 332. Procedimiento para la ejecución subsidiaria por la Administración. Artículo 333. Ejecución subsidiaria mediante gestión indirecta. Artículo 334. Adjudicación de la ejecución subsidiaria y formalización.
SECCIÓN 3ª. LA EJECUCIÓN POR SUSTITUCIÓN MEDIANTE VENTA FORZOSA
Artículo 335. Ejecución por sustitución mediante venta forzosa. Artículo 336. Procedimiento para la ejecución por sustitución mediante venta forzosa. Artículo 337. Incumplimiento del adjudicatario de la ejecución por sustitución.
TÍTULO VII. La Disciplina territorial y urbanística
CAPÍTULO I. Potestades administrativas
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 338. Potestades públicas.
SECCIÓN 2ª. PRINCIPIOS Y REGLAS DE LA DISCIPLINA TERRITORIAL Y URBANÍSTICA
Artículo 339. Principios de la disciplina territorial y urbanística. Artículo 340. Carácter real de las medidas de restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística. Artículo 341. Coordinación y colaboración con el Registro de la Propiedad.
CAPÍTULO II. La potestad inspectora
SECCIÓN 1ª. LA INSPECCIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA
Artículo 342. Naturaleza de la inspección. Artículo 343. Planes Municipales de Inspección Urbanística. Artículo 344. Plan General de Inspección Territorial y Urbanística. Artículo 345. Funciones de la inspección.
SECCIÓN 2ª. LA ACTUACIÓN INSPECTORA
Artículo 346. Facultades y deberes del personal inspector. Artículo 347. Visitas de inspección. Artículo 348. Actas de inspección. Artículo 349. Contenido de las Actas de inspección. Artículo 350. Formalización.
SECCIÓN 3ª. ACTUACIONES PREVIAS A LOS PROCEDIMIENTOS DE DISCIPLINA TERRITORIAL O URBANÍSTICA
Artículo 351. Información y actuaciones previas.
CAPÍTULO III. Restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 352. Deber de iniciación del procedimiento de restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística. Artículo 353. Reglas generales del procedimiento de restablecimiento de la legalidad territorial o urbanística. Artículo 354. Plazo para restablecer la legalidad territorial y urbanística. Artículo 355. Determinación de la finalización de las obras o establecimiento de la existencia de actos de mero uso del suelo. Artículo 356. Ejecución forzosa.
SECCIÓN 2ª. RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD ANTE ACTUACIONES SIN TÍTULO PRECEPTIVO O CONTRAVINIENDO SUS CONDICIONES
Artículo 357. Restablecimiento de la legalidad ante actuaciones sin título preceptivo o contraviniéndolo. Artículo 358. Medidas provisionales. Artículo 359. Ejecución forzosa de las medidas provisionales. Artículo 360. Procedimiento de restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística ante actuaciones sin título habilitante o contraviniéndolo. Artículo 361. Plazo del procedimiento para restablecer la legalidad territorial y urbanística. Artículo 362. Procedimiento de legalización de actuaciones. Artículo 363. Medidas de restablecimiento de la realidad física alterada. Artículo 364. Ejecución forzosa de las medidas de restablecimiento de la realidad a la ordenación territorial y urbanística. Artículo 365. Imposibilidad de ejecución. Artículo 366. Cumplimiento por equivalencia. Artículo 367. Causas de imposibilidad material o legal. SECCIÓN 3ª. RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD FRENTE A ACTUACIONES CON TÍTULO Artículo 368. Restablecimiento de la legalidad frente a actuaciones con título habilitante ilegal. Artículo 369. Actuaciones de control sobre declaraciones responsables y comunicaciones previas. Artículo 370. Procedimiento de restablecimiento de la legalidad ante actuaciones en curso de ejecución o terminadas sometidas a declaración responsable o comunicación previa.
SECCIÓN 4ª. COMPETENCIA
Artículo 371. Competencias de los municipios y de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 372. Competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de restablecimiento de la ordenación territorial y urbanística. Artículo 373. Actuaciones sin título administrativo o presupuesto habilitante que legitiman la intervención sustitutiva de la Comunidad Autónoma.
CAPÍTULO IV. Régimen Sancionador
SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 374. Principio de legalidad, requisitos de infracciones y sanciones. Artículo 375. Anulación del acto o actos administrativos habilitantes como presupuesto de la exigencia de responsabilidad. Artículo 376. Consecuencias legales de las infracciones territoriales y urbanísticas. Artículo 377. Procedimientos de restablecimiento y sancionador.
SECCIÓN 2ª. LAS INFRACCIONES TERRITORIALES Y URBANÍSTICAS
Artículo 378. Clases de infracciones urbanísticas. Artículo 379. Clases de infracciones contra la ordenación del territorio.
SECCIÓN 3ª. SANCIONES Y REGLAS PARA LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES Y LA EXIGENCIA DE LA RESPONSABILIDAD
Artículo 380. Multas. Artículo 381. Reglas complementarias para la determinación de las sanciones y de las multas coercitivas. Artículo 382. Sanciones accesorias. Artículo 383. Determinación de las medidas sancionadoras accesorias. Artículo 384. Graduación de las sanciones. Artículo 385. Circunstancias agravantes. Artículo 386. Circunstancias atenuantes. Artículo 387. Compatibilidad de las sanciones. Artículo 388. Decomiso de las ganancias provenientes de la infracción. Artículo 389. Criterios estimativos para el cálculo del decomiso de las ganancias. Artículo 390. Concurso de normas punitivas y de infracciones.
SECCIÓN 4ª. LAS PERSONAS RESPONSABLES
Artículo 391. Responsables de las infracciones. Artículo 392. Carácter independiente de las multas. Artículo 393. Muerte o extinción de los responsables.
SECCIÓN 5ª. LA PRESCRIPCIÓN DE INFRACCIONES Y DE SANCIONES
Artículo 394. Prescripción de las infracciones. Artículo 395. Inicio de procedimiento de restablecimiento de la legalidad territorial o urbanística y prescripción de la infracción. Artículo 396. Prescripción de las sanciones.
SECCIÓN 6ª. EL PROCEDIMIENTO Y LA COMPETENCIA
Artículo 397. Procedimiento sancionador. Artículo 398. Imposición de la sanción y reposición de la realidad física alterada. Artículo 399. Infracciones constitutivas de delito. Artículo 400. Procedimiento complementario de resarcimiento. Artículo 401. Competencias sancionadoras. Artículo 402. Destino de las multas. Artículo 403. Reducción de sanciones por reconocimiento de responsabilidad o cumplimiento de la resolución.
TÍTULO VIII. Medidas de adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares
CAPÍTULO I. Régimen de las edificaciones irregulares en situación de asimilado a fuera de ordenación
Artículo 404. Situación de asimilado a fuera de ordenación. Artículo 405. Requisitos para el reconocimiento. Artículo 406. Documentación técnica que acredita los requisitos. Artículo 407. Condiciones mínimas de seguridad y salubridad. Artículo 408. Inicio e instrucción del procedimiento. Artículo 409. Resolución del procedimiento. Artículo 410. Efectos de la declaración de asimilado a fuera de ordenación.
CAPÍTULO II. Adecuación ambiental y territorial de agrupaciones de edificaciones irregulares
Artículo 411. Plan Especial de adecuación ambiental y territorial. Artículo 412. Contenido del Plan Especial. Artículo 413. Determinaciones del Plan Especial. Artículo 414. Efectos de la aprobación del Plan Especial. Artículo 415. La ejecución del Plan Especial.
CAPÍTULO III. Incorporación de edificaciones irregulares a la ordenación urbanística
Artículo 416. Régimen general de incorporación a la ordenación urbanística de edificaciones irregulares. Artículo 417. Incorporación de agrupaciones de edificaciones irregulares. Artículo 418. La ejecución en los ámbitos de agrupaciones de edificaciones irregulares incorporadas a la ordenación.
TÍTULO IX. El hábitat troglodítico
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 419. Régimen general del hábitat troglodítico. Artículo 420. Definiciones. Artículo 421. Municipio troglodítico de Andalucía. Artículo 422. Normas de aplicación directa en los ámbitos de hábitat troglodítico.
CAPÍTULO II. Régimen del suelo
Artículo 423. Clasificación del suelo. Artículo 424. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo de las cuevas.
CAPÍTULO III. La ordenación y ejecución urbanística del hábitat troglodítico
Artículo 425. Instrumentos para la ordenación urbanística. Artículo 426. Directrices para la ordenación urbanística. Artículo 427. Determinaciones de ordenación detallada en suelo urbano. Artículo 428. La ejecución urbanística en suelo urbano. Artículo 429. El deber de conservación de las cuevas.
CAPÍTULO IV. Régimen de las cuevas irregulares
Artículo 430. Régimen complementario de las cuevas irregulares.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Coeficiente aplicable para el cálculo de los habitantes por vivienda. D.A. 2ª. Referencias del personal inspector en la Inspección Autonómica. D.A. 3ª. Desafectación de vías pecuarias en suelo urbano. D.A. 4ª. Instalaciones de la red de transporte de energía eléctrica incluidas en la planificación eléctrica regulada en la normativa estatal.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Clasificación del suelo en los municipios con instrumento de planeamiento general vigente. D.T. 2ª. Actuaciones de transformación urbanística en ámbitos de suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable previstos en los instrumentos de planeamiento general. D.T. 3ª. Modificaciones de las determinaciones de los instrumentos de planeamiento general vigentes. D.T. 4ª. Ordenación urbanística en los municipios sin instrumento de planeamiento general. D.T. 5ª. Instrumentos de planeamiento urbanístico en tramitación. D.T. 6ª. Determinaciones de los planes de ordenación del territorio vigentes. D.T. 7ª. Procedimientos en tramitación en materia de disciplina territorial o urbanística y sobre la actividad de edificación. D.T. 8ª. Prórroga del plazo de las actuaciones de interés público autorizadas sobre suelo no urbanizable. D.T. 9ª. Plazo para realización del informe de inspección técnica de construcciones y edificaciones. D.T. 10ª. Creación y entrada en funcionamiento de los registros municipales de entidades colaboradoras. D.T. 11ª. Entrada en funcionamiento del registro de entidades urbanísticas certificadoras de Andalucía. D.T. 12ª. Registros administrativos de instrumentos urbanísticos.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única. Modificación de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. ANEXO. Definiciones