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Articulo 261 Reglamento G... Andalucía

Articulo 261 Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía

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Artículo 261. Medidas de fomento de actuaciones privadas de rehabilitación o implantación de determinados usos.

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Sin perjuicio de los efectos señalados en este Reglamento y en la normativa sectorial, la delimitación de áreas de gestión integrada permitirá habilitar las medidas de fomento de las actuaciones privadas de rehabilitación o implantación de determinados usos que se determinen en el instrumento de ordenación y que podrán diferenciarse en:

a) Económicas: exenciones o bonificaciones tributarias, de conformidad con lo dispuesto en la legislación reguladora de las haciendas locales, y préstamos en condiciones especiales. A tal efecto, las corporaciones locales establecerán en sus ordenanzas fiscales los supuestos de bonificación y deducción establecidos expresamente en la legislación básica reguladora de las Haciendas Locales, especialmente en relación con los impuestos sobre bienes inmuebles y sobre construcciones, instalaciones y obras.

b) Administrativas: constitución de ventanillas únicas, de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-12-2022 en vigor desde 22-12-2022