Articulo 412 Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso ...ritorio de Andalucía
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Articulo 412 Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía

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Artículo 412. Contenido del Plan Especial.

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El contenido documental del Plan Especial será el establecido en el artículo 90.3, adecuando el mismo a la finalidad del instrumento de ordenación urbanística e incorporando lo siguiente:

a) Identificación, caracterización y justificación del ámbito delimitado que incluirá los terrenos estrictamente necesarios para implantar las infraestructuras comunes de servicios básicos y de telecomunicaciones y para adoptar las medidas de mejora de la calidad ambiental y de integración territorial y paisajística del ámbito.

b) Clase y categoría del suelo, así como el régimen de usos permitidos conforme a las determinaciones de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística vigentes y, en su caso, conforme a la legislación sectorial que resulte de aplicación.

c) Identificación de las parcelas y las edificaciones existentes, con indicación de sus superficies, características básicas y situación jurídica.

d) Estructura de la propiedad del suelo y de las edificaciones.

e) Infraestructuras viarias y de servicios existentes, incluidas las conexiones exteriores, con indicación de sus características, su estado de conservación y funcionamiento.

f) Análisis de los riesgos a los que pueden estar sometidos los terrenos ocupados por la agrupación de edificaciones, y de los impactos, ambientales, territoriales y paisajísticos que ocasiona.

g) Limitaciones derivadas de las legislaciones sectoriales y la justificación de su cumplimiento.

h) Estudio paisajístico del ámbito con las medidas a adoptar para minimizar su impacto y garantizar su integración.

i) Estudio de viabilidad económica de las actuaciones que se proponen, que incluirá los costes, su distribución y asignación y el plazo de ejecución de las distintas obras y medidas propuestas. En caso de que algunas de las obras o medidas correspondan o se asuman por el Ayuntamiento, se valorará su impacto económico sobre la Hacienda Local.

j) Otros estudios y documentación requerida por la normativa sectorial aplicable.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-12-2022 en vigor desde 22-12-2022