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Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 07-07-2022

Tiempo de lectura: 28 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Diciembre de 2022

F. entrada en vigor: 07/08/2022

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 88

F. Publicación: 07/07/2022


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto de la ley Artículo 2 Naturaleza de los consejos insulares
TÍTULO I. LOS MIEMBROS DE LOS CONSEJOS INSULARES
CAPÍTULO I. Adquisición y pérdida de la condición de miembro
Artículo 3. Composición Artículo 4. Elección y mandato de los consejeros Artículo 5. Pérdida de la condición de consejero
CAPÍTULO II. Derechos y deberes de los miembros de los consejos insulares
Artículo 6. Disposición general Artículo 7. Asistencia a las sesiones Artículo 8. Retribuciones e indemnizaciones Artículo 9. Acceso a la información Artículo 10. Incompatibilidades Artículo 11. Declaraciones de actividades y bienes
CAPÍTULO III. Grupos políticos
Artículo 12. Constitución
TÍTULO II. ORGANIZACIÓN DE LOS CONSEJOS INSULARES
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 13. Reglas generales Artículo 14. Tipología de órganos
CAPÍTULO II. Órganos de gobierno
SECCIÓN 1ª. El pleno del consejo insular
Artículo 15. Naturaleza y composición Artículo 16. Sesión constitutiva Artículo 17. Atribuciones Artículo 18. Comisiones del pleno Artículo 19. Junta de portavoces
SECCIÓN 2ª. El presidente del consejo insular
Artículo 20. Carácter y elección Artículo 21. Atribuciones Artículo 22. Cese Artículo 23. Vacante del cargo
SECCIÓN 3ª. El vicepresidente
Artículo 24. Nombramiento y cese Artículo 25. Atribuciones
SECCIÓN 4ª. El consejo ejecutivo
Artículo 26. Naturaleza y composición Artículo 27. Incompatibilidades de los miembros Artículo 28. Atribuciones Artículo 29. Gobierno en funciones
CAPÍTULO III. Órganos de administración
SECCIÓN 1ª. Órganos superiores
Artículo 30. Consejeros ejecutivos Artículo 31. Departamentos insulares Artículo 32. Cese Artículo 33. Atribuciones
SECCIÓN 2ª. Órganos directivos
Artículo 34. Disposiciones generales Artículo 35. Secretarios técnicos Artículo 36. Directores insulares Artículo 37. Nombramiento de los titulares de los órganos directivos Artículo 38. Régimen retributivo
SECCIÓN 3ª. Reglamento orgánico
Artículo 39. Creación y regulación de órganos
SECCIÓN 4ª. Servicios jurídicos
Artículo 40. Servicios jurídicos
TÍTULO III. SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL INSULAR
Artículo 41. Tipología de entes Artículo 42. Principios de actuación Artículo 43. Órganos directivos Artículo 44. Creación de los entes Artículo 45. Estatutos Artículo 46. Régimen económico, presupuestario y contable Artículo 47. Sociedades mixtas
TÍTULO IV. BUEN GOBIERNO
Artículo 48. Buen gobierno Artículo 49. Derechos de los ciudadanos Artículo 50. Transparencia y administración electrónica Artículo 51. Información pública
TÍTULO V. FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 52. Marco normativo Artículo 53. Régimen lingüístico
CAPÍTULO I. Normas específicas de funcionamiento
Artículo 54. Reglas de funcionamiento del pleno y de las comisiones del pleno Artículo 55. Reglas de funcionamiento del consejo ejecutivo y de otros órganos colegiados Artículo 56. Reglas comunes
CAPÍTULO II. Reglas sobre el control de la acción de gobierno
Artículo 57. Medios de control y fiscalización Artículo 58. Moción de censura y cuestión de confianza Artículo 59. Debates sobre la actuación de política general Artículo 60. Preguntas, mociones e interpelaciones Artículo 61. Comisiones de investigación Artículo 62. Comunicaciones Artículo 63. Comparecencias
CAPÍTULO III. Régimen jurídico
Artículo 64. Régimen jurídico de la actividad de los consejos Artículo 65. Forma de los actos Artículo 66. Régimen de recursos Artículo 67. Revisión de oficio y declaración de lesividad Artículo 68. Responsabilidad patrimonial Artículo 69. Potestad sancionadora
TÍTULO VI. POTESTAD REGLAMENTARIA
CAPÍTULO I. Reglas generales
Artículo 70. Marco normativo Artículo 71. Titulares de la potestad reglamentaria Artículo 72. Tipología de las disposiciones generales Artículo 73. Supuestos especiales Artículo 74. Potestad reglamentaria y principios generales normativos Artículo 75. Principios de buena regulación Artículo 76. Portal web y participación ciudadana Artículo 77. Relaciones entre reglamentos Artículo 78. Publicidad y eficacia
CAPÍTULO II. Procedimiento de elaboración
Artículo 79. Expediente
SECCIÓN 1ª. Actuaciones preparatorias
Artículo 80. Consulta previa
SECCIÓN 2ª. Procedimiento de elaboración de los reglamentos ejecutivos
Artículo 81. Inicio Artículo 82. Audiencia e información pública Artículo 83. Informes y otros dictámenes preceptivos Artículo 84. Memoria del análisis de impacto normativo Artículo 85. Aprobación definitiva Artículo 86. Tramitación de urgencia
SECCIÓN 3ª. Procedimiento de elaboración del reglamento orgánico y otros reglamentos
Artículo 87. Reglamento orgánico Artículo 88. Otros reglamentos
SECCIÓN 4ª. Textos consolidados
Artículo 89. Procedimiento simplificado de elaboración de textos consolidados
TÍTULO VII. COMPETENCIAS
CAPÍTULO I. Funciones institucionales
Artículo 90. Iniciativa legislativa Artículo 91. Consulta institucional Artículo 92. Funciones de representación Artículo 93. Comisión General de Consejos Insulares
CAPÍTULO II. Competencias
SECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 94. Atribución de competencias por ley Artículo 95. Tipo de competencias
SECCIÓN 2ª. Competencias propias
Artículo 96. Contenido Artículo 97. Decretos de traspasos Artículo 98. Transferencia de competencias del artículo 71 del Estatuto de Autonomía Artículo 99. Simultaneidad y aceptación de la atribución competencial Artículo 100. Contenido de las leyes de transferencia Artículo 101. Reglas intertemporales
SECCIÓN 3ª. Competencias propias en relación con los municipios y otras entidades locales
Artículo 102. Ámbito material de las competencias Artículo 103. Asistencia a los municipios Artículo 104. Coordinación de los servicios municipales Artículo 105. Delegación de competencias municipales en los consejos insulares Artículo 106. Procedimiento para la delegación de competencias Artículo 107. Plan insular de cooperación Artículo 108. Asambleas de alcaldes
SECCIÓN 4ª. Competencias delegadas
Artículo 109. Contenido Artículo 110. Decretos de delegación Artículo 111. Renuncia a la delegación Artículo 112. Facultades del Gobierno Artículo 113. Incumplimiento de la delegación Artículo 114. Reglas intertemporales
SECCIÓN 5ª. Encomiendas de gestión
Artículo 115. Encomiendas de gestión
SECCIÓN 6ª. Otras delegaciones intersubjetivas
Artículo 116. Delegación de competencias a otras administraciones
TÍTULO VIII. RELACIONES INTERADMINISTRATIVAS
Artículo 117. Principios rectores
CAPÍTULO I. Colaboración y cooperación
Artículo 118. Reglas generales Artículo 119. Conferencia de Presidentes Artículo 120. Convenios Artículo 121. Consorcios Artículo 122. Requisitos generales de los convenios y los consorcios
CAPÍTULO II. Coordinación
Artículo 123. Potestad de coordinación Artículo 124. Medidas de coordinación Artículo 125. Conferencias sectoriales Artículo 126. Órganos de composición mixta Artículo 127. Planes y programas sectoriales Artículo 128. Directrices de coordinación
TÍTULO IX. RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA ISLA DE FORMENTERA
Artículo 129. Disposiciones generales Artículo 130. Organización Artículo 131. Derecho de participación en el pleno del diputado por Formentera Artículo 132. Junta de Gobierno Artículo 133. Administración insular Artículo 134. Especialidades en materia de régimen jurídico Artículo 135. Renuncia a las competencias
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Compleción de los traspasos pendientes D.A. 2ª. Régimen jurídico del personal de la administración insular D.A. 3ª. Cooperación específica con el Consejo Insular de Formentera D.A. 4ª. Integración de personal en el Consejo Insular de Formentera D.A. 5ª. Movilidad de los empleados públicos D.A. 6ª. Publicaciones en el Butlletí Oficial de les Illes Balears D.A. 7ª. Referencias genéricas D.A. 8ª. Subvenciones y transferencias de capital D.A. 9ª. Normativa en materia de subvenciones D.A. 10ª. Normativa en materia de patrimonio D.A. 11ª. Decretos de principios generales
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos y recursos D.T. 2ª. Comisión Técnica Interinsular D.T. 3ª. Ordenanzas fiscales D.T. 4ª. Normativa de aplicación hasta la aprobación del nuevo reglamento orgánico D.T. 5ª. Condición de miembros no adscritos
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Adaptación reglamentaria D.F. 2ª. Cláusula de deslegalización D.F. 3ª. Modificación de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, de patrimonio histórico de las Illes Balears D.F. 4ª. Modificación de la Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consejo Consultivo de las Illes Balears D.F. 5ª. Modificación de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears D.F. 6ª. Régimen legislativo de aplicación D.F. 7ª. Entrada en vigor