Df 1 Consejos insulares

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D.F. 1ª. Adaptación reglamentaria

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En el plazo de dieciocho meses, a contar desde la entrada en vigor de esta ley, los consejos insulares adaptarán su reglamento orgánico y cualquier otra disposición reglamentaria a lo establecido en esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-07-2022 en vigor desde 07-08-2022