Articulo 117 Consejos insulares

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Artículo 117. Principios rectores

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Los consejos insulares se relacionan con el resto de administraciones públicas de acuerdo con los principios establecidos en la legislación básica del Estado, y especialmente los de lealtad institucional, respeto a la autonomía, colaboración, cooperación y coordinación.

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  • Texto Original. Publicado el 07-07-2022 en vigor desde 07-08-2022