Articulo 117 Consejos insulares
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»Artículo 117. Principios rectores
Vigente
Los consejos insulares se relacionan con el resto de administraciones públicas de acuerdo con los principios establecidos en la legislación básica del Estado, y especialmente los de lealtad institucional, respeto a la autonomía, colaboración, cooperación y coordinación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-07-2022 en vigor desde 07-08-2022