Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 07-07-2022
Índice
Texto
Ambito: Baleares
Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Diciembre de 2022
F. entrada en vigor: 07/08/2022
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 88
F. Publicación: 07/07/2022
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto de la ley
Artículo 2 Naturaleza de los consejos insulares
TÍTULO I. LOS MIEMBROS DE LOS CONSEJOS INSULARES
CAPÍTULO I. Adquisición y pérdida de la condición de miembro
Artículo 3. Composición
Artículo 4. Elección y mandato de los consejeros
Artículo 5. Pérdida de la condición de consejero
CAPÍTULO II. Derechos y deberes de los miembros de los consejos insulares
Artículo 6. Disposición general
Artículo 7. Asistencia a las sesiones
Artículo 8. Retribuciones e indemnizaciones
Artículo 9. Acceso a la información
Artículo 10. Incompatibilidades
Artículo 11. Declaraciones de actividades y bienes
CAPÍTULO III. Grupos políticos
Artículo 12. Constitución
TÍTULO II. ORGANIZACIÓN DE LOS CONSEJOS INSULARES
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 13. Reglas generales
Artículo 14. Tipología de órganos
CAPÍTULO II. Órganos de gobierno
SECCIÓN 1ª. El pleno del consejo insular
Artículo 15. Naturaleza y composición
Artículo 16. Sesión constitutiva
Artículo 17. Atribuciones
Artículo 18. Comisiones del pleno
Artículo 19. Junta de portavoces
SECCIÓN 2ª. El presidente del consejo insular
Artículo 20. Carácter y elección
Artículo 21. Atribuciones
Artículo 22. Cese
Artículo 23. Vacante del cargo
SECCIÓN 3ª. El vicepresidente
Artículo 24. Nombramiento y cese
Artículo 25. Atribuciones
SECCIÓN 4ª. El consejo ejecutivo
Artículo 26. Naturaleza y composición
Artículo 27. Incompatibilidades de los miembros
Artículo 28. Atribuciones
Artículo 29. Gobierno en funciones
CAPÍTULO III. Órganos de administración
SECCIÓN 1ª. Órganos superiores
Artículo 30. Consejeros ejecutivos
Artículo 31. Departamentos insulares
Artículo 32. Cese
Artículo 33. Atribuciones
SECCIÓN 2ª. Órganos directivos
Artículo 34. Disposiciones generales
Artículo 35. Secretarios técnicos
Artículo 36. Directores insulares
Artículo 37. Nombramiento de los titulares de los órganos directivos
Artículo 38. Régimen retributivo
SECCIÓN 3ª. Reglamento orgánico
Artículo 39. Creación y regulación de órganos
SECCIÓN 4ª. Servicios jurídicos
Artículo 40. Servicios jurídicos
TÍTULO III. SECTOR PÚBLICO INSTRUMENTAL INSULAR
Artículo 41. Tipología de entes
Artículo 42. Principios de actuación
Artículo 43. Órganos directivos
Artículo 44. Creación de los entes
Artículo 45. Estatutos
Artículo 46. Régimen económico, presupuestario y contable
Artículo 47. Sociedades mixtas
TÍTULO IV. BUEN GOBIERNO
Artículo 48. Buen gobierno
Artículo 49. Derechos de los ciudadanos
Artículo 50. Transparencia y administración electrónica
Artículo 51. Información pública
TÍTULO V. FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 52. Marco normativo
Artículo 53. Régimen lingüístico
CAPÍTULO I. Normas específicas de funcionamiento
Artículo 54. Reglas de funcionamiento del pleno y de las comisiones del pleno
Artículo 55. Reglas de funcionamiento del consejo ejecutivo y de otros órganos colegiados
Artículo 56. Reglas comunes
CAPÍTULO II. Reglas sobre el control de la acción de gobierno
Artículo 57. Medios de control y fiscalización
Artículo 58. Moción de censura y cuestión de confianza
Artículo 59. Debates sobre la actuación de política general
Artículo 60. Preguntas, mociones e interpelaciones
Artículo 61. Comisiones de investigación
Artículo 62. Comunicaciones
Artículo 63. Comparecencias
CAPÍTULO III. Régimen jurídico
Artículo 64. Régimen jurídico de la actividad de los consejos
Artículo 65. Forma de los actos
Artículo 66. Régimen de recursos
Artículo 67. Revisión de oficio y declaración de lesividad
Artículo 68. Responsabilidad patrimonial
Artículo 69. Potestad sancionadora
TÍTULO VI. POTESTAD REGLAMENTARIA
CAPÍTULO I. Reglas generales
Artículo 70. Marco normativo
Artículo 71. Titulares de la potestad reglamentaria
Artículo 72. Tipología de las disposiciones generales
Artículo 73. Supuestos especiales
Artículo 74. Potestad reglamentaria y principios generales normativos
Artículo 75. Principios de buena regulación
Artículo 76. Portal web y participación ciudadana
Artículo 77. Relaciones entre reglamentos
Artículo 78. Publicidad y eficacia
CAPÍTULO II. Procedimiento de elaboración
Artículo 79. Expediente
SECCIÓN 1ª. Actuaciones preparatorias
Artículo 80. Consulta previa
SECCIÓN 2ª. Procedimiento de elaboración de los reglamentos ejecutivos
Artículo 81. Inicio
Artículo 82. Audiencia e información pública
Artículo 83. Informes y otros dictámenes preceptivos
Artículo 84. Memoria del análisis de impacto normativo
Artículo 85. Aprobación definitiva
Artículo 86. Tramitación de urgencia
SECCIÓN 3ª. Procedimiento de elaboración del reglamento orgánico y otros reglamentos
Artículo 87. Reglamento orgánico
Artículo 88. Otros reglamentos
SECCIÓN 4ª. Textos consolidados
Artículo 89. Procedimiento simplificado de elaboración de textos consolidados
TÍTULO VII. COMPETENCIAS
CAPÍTULO I. Funciones institucionales
Artículo 90. Iniciativa legislativa
Artículo 91. Consulta institucional
Artículo 92. Funciones de representación
Artículo 93. Comisión General de Consejos Insulares
CAPÍTULO II. Competencias
SECCIÓN 1ª. Disposiciones generales
Artículo 94. Atribución de competencias por ley
Artículo 95. Tipo de competencias
SECCIÓN 2ª. Competencias propias
Artículo 96. Contenido
Artículo 97. Decretos de traspasos
Artículo 98. Transferencia de competencias del artículo 71 del Estatuto de Autonomía
Artículo 99. Simultaneidad y aceptación de la atribución competencial
Artículo 100. Contenido de las leyes de transferencia
Artículo 101. Reglas intertemporales
SECCIÓN 3ª. Competencias propias en relación con los municipios y otras entidades locales
Artículo 102. Ámbito material de las competencias
Artículo 103. Asistencia a los municipios
Artículo 104. Coordinación de los servicios municipales
Artículo 105. Delegación de competencias municipales en los consejos insulares
Artículo 106. Procedimiento para la delegación de competencias
Artículo 107. Plan insular de cooperación
Artículo 108. Asambleas de alcaldes
SECCIÓN 4ª. Competencias delegadas
Artículo 109. Contenido
Artículo 110. Decretos de delegación
Artículo 111. Renuncia a la delegación
Artículo 112. Facultades del Gobierno
Artículo 113. Incumplimiento de la delegación
Artículo 114. Reglas intertemporales
SECCIÓN 5ª. Encomiendas de gestión
Artículo 115. Encomiendas de gestión
SECCIÓN 6ª. Otras delegaciones intersubjetivas
Artículo 116. Delegación de competencias a otras administraciones
TÍTULO VIII. RELACIONES INTERADMINISTRATIVAS
Artículo 117. Principios rectores
CAPÍTULO I. Colaboración y cooperación
Artículo 118. Reglas generales
Artículo 119. Conferencia de Presidentes
Artículo 120. Convenios
Artículo 121. Consorcios
Artículo 122. Requisitos generales de los convenios y los consorcios
CAPÍTULO II. Coordinación
Artículo 123. Potestad de coordinación
Artículo 124. Medidas de coordinación
Artículo 125. Conferencias sectoriales
Artículo 126. Órganos de composición mixta
Artículo 127. Planes y programas sectoriales
Artículo 128. Directrices de coordinación
TÍTULO IX. RÉGIMEN ESPECIAL PARA LA ISLA DE FORMENTERA
Artículo 129. Disposiciones generales
Artículo 130. Organización
Artículo 131. Derecho de participación en el pleno del diputado por Formentera
Artículo 132. Junta de Gobierno
Artículo 133. Administración insular
Artículo 134. Especialidades en materia de régimen jurídico
Artículo 135. Renuncia a las competencias
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Compleción de los traspasos pendientes
D.A. 2ª. Régimen jurídico del personal de la administración insular
D.A. 3ª. Cooperación específica con el Consejo Insular de Formentera
D.A. 4ª. Integración de personal en el Consejo Insular de Formentera
D.A. 5ª. Movilidad de los empleados públicos
D.A. 6ª. Publicaciones en el Butlletí Oficial de les Illes Balears
D.A. 7ª. Referencias genéricas
D.A. 8ª. Subvenciones y transferencias de capital
D.A. 9ª. Normativa en materia de subvenciones
D.A. 10ª. Normativa en materia de patrimonio
D.A. 11ª. Decretos de principios generales
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos y recursos
D.T. 2ª. Comisión Técnica Interinsular
D.T. 3ª. Ordenanzas fiscales
D.T. 4ª. Normativa de aplicación hasta la aprobación del nuevo reglamento orgánico
D.T. 5ª. Condición de miembros no adscritos
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Adaptación reglamentaria
D.F. 2ª. Cláusula de deslegalización
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, de patrimonio histórico de las Illes Balears
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consejo Consultivo de las Illes Balears
D.F. 5ª. Modificación de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears
D.F. 6ª. Régimen legislativo de aplicación
D.F. 7ª. Entrada en vigor