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Ley 4/1993, de 16 de marzo, del Deporte de Aragón. - Boletín Oficial de Aragón de 26-03-1993

Tiempo de lectura: 17 min

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Ambito: Aragón

Estado: DEROGADO. Desde 20 de Diciembre de 2018 por LEY 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad fisica y el deporte de Aragon.

F. entrada en vigor: 15/04/1993

Órgano emisor: COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 34

F. Publicación: 26/03/1993


PREAMBULO
TITULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. De la Comunidad Autónoma y la actividad físico-deportiva. Artículo 3. De la coordinación.
TITULO II. Organización y competencias
Artículo 4. De los principios generales. Artículo 5. De la Diputación General. Artículo 6. Del Departamento de Cultura y Educación. Artículo 7. De la Dirección General de Deportes. Artículo 8. De los municipios aragoneses. Artículo 9. De los Centros de Coordinación Deportiva. Artículo 10. Del Consejo Aragonés del Deporte.
TITULO III. Del fomento
Artículo 11. De la promoción deportiva. Artículo 12. Del deporte en edad escolar. Artículo 13. Del deporte de alto nivel. Artículo 14. De la protección sanitaria de los deportistas.
TITULO IV. Asociaciones deportivas
CAPITULO I. Disposiciones comunes
Artículo 15. De las asociaciones deportivas de carácter privado. Artículo 16. De los Clubes deportivos y las Federaciones Deportivas Aragonesas.
CAPITULO II. De los Clubes deportivos
Artículo 17. De los Clubes deportivos. Artículo 18. De la clasificación de Clubes deportivos. Artículo 19. De los Clubes deportivos elementales. Artículo 20. De los Clubes deportivos básicos. Artículo 21. De las entidades de acción deportiva. Artículo 22. De los entes de promoción deportiva. Artículo 23. De las agrupaciones de Clubes deportivos.
CAPITULO III. De las Federaciones Deportivas Aragonesas
Artículo 24. De las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 25. De la constitución de Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 26. De las funciones de las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 27. De la inscripción de las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 28. De la aprobación de los Estatutos de las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 29. Del contenido en los Estatutos de las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 30. De la organización de las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 31. Del Secretario e Interventor de las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 32. De las Comisiones electorales y de la Junta de Garantías Electorales. Artículo 33. Del patrimonio de las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 34. De la Dirección General de Deportes y las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 35. De la extinción de las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 36. De la Federación Aragonesa de Deportes Tradicionales. Artículo 37. De la publicación de Estatutos y reglamentos de las Federaciones Deportivas Aragonesas. Artículo 38. De la declaración de utilidad pública. Artículo 39. Del Registro General de Asociaciones Deportivas.
TITULO V. Instalaciones y equipamientos deportivos
CAPITULO I. Disposiciones comunes
Artículo 40. Del censo general de instalaciones. Artículo 41. De la clasificación de instalaciones.
CAPITULO II. De la planificación
Artículo 42. Del Plan General de instalaciones deportivas.
CAPITULO III. De la utilización de las instalaciones
Artículo 43. De las determinaciones técnicas de las instalaciones. Artículo 44. De la utilización de instalaciones de carácter natural. Artículo 45. De la utilización de instalaciones y equipamientos artificiales. Artículo 46. De la utilización de instalaciones y equipamientos deportivos de carácter público para fines no deportivos. Artículo 47. De la declaración de interés deportivo-federativo. Artículo 48. De los accesos y utilización de las instalaciones. Artículo 49. De la información de las instalaciones. Artículo 50. De la exigencia de información.
TITULO VI. Titulaciones deportivas
Artículo 51. De las titulaciones deportivas y autorizaciones. Artículo 52. De los programas de formación de los técnicos. Artículo 53. De la Escuela del Deporte de Aragón. Artículo 54. De los Centros de tecnificación deportiva. Artículo 55. De los Centros privados.
TITULO VII. Competiciones deportivas
Artículo 56. De la clasificación de competiciones deportivas. Artículo 57. De los criterios para la calificación. Artículo 58. De las Federaciones Deportivas Aragonesas y las competiciones. Artículo 59. De la licencia deportiva personal.
TITULO VIII. Disciplina deportiva
CAPITULO I. Disposiciones comunes
Artículo 60. De las infracciones y sus autores. Artículo 61. Del ámbito de la disciplina deportiva. Artículo 62. De la potestad disciplinaria. Artículo 63. De la disciplina deportiva y Estatutos y reglamentos de las Federaciones Deportivas Aragonesas.
CAPITULO II. De las infracciones y sanciones
Artículo 64. De las infracciones muy graves. Artículo 65. De las infracciones graves. Artículo 66. De las infracciones leves. Artículo 67. De las sanciones. Artículo 68. De las circunstancias modificativas o extintivas de la responsabilidad. Artículo 69. De la prescripción.
CAPITULO III. Del procedimiento disciplinario
Artículo 70. Del procedimiento disciplinario.
CAPITULO IV. Del Comité Aragonés de Disciplina Deportiva
Artículo 71. Del Comité Aragonés de Disciplina Deportiva. Artículo 72. De su composición. Artículo 73. De su funcionamiento. Artículo 74. De sus competencias. Artículo 75. De sus acuerdos. Artículo 76. De la duración del mandato de sus miembros.
TITULO IX. Conciliación extrajudicial en el ámbito del deporte aragonés
Artículo 77. De los sistemas de conciliación extrajudicial. Artículo 78. De las reglas mínimas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª. D.T. 3ª. D.T. 4ª. D.T. 5ª. D.T. 6ª. D.T. 7ª. D.T. 8ª. D.T. 9ª. D.T. 10ª. D.T. 11ª.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. D.F. 2ª. D.F. 3ª.