Articulo 73 Deporte de Aragón -Derogada-

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Artículo 73. De su funcionamiento.

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El procedimiento para la designación de los miembros del Comité Aragonés de Disciplina Deportiva, así como el régimen de funcionamiento, serán establecidos reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-03-1993 en vigor desde 15-04-1993