Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 31-07-2014
Índice
Texto
Ambito: Baleares
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023
F. entrada en vigor: 31/10/2014
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 103
F. Publicación: 31/07/2014
Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto de la ley
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Bienes jurídicos protegidos en la relación de consumo y exclusiones
TÍTULO II. DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 4. Derechos de los consumidores y usuarios
Artículo 5. Irrenunciabilidad de los derechos
Artículo 6. Interpretación a favor del consumidor
Artículo 7. Deber de diligencia
Artículo 8. Situaciones de protección especial
CAPÍTULO II. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad de los consumidores y usuarios
Artículo 9. Deber general de garantizar la seguridad
Artículo 10. Deber de informar sobre los riesgos
Artículo 11. Deber de neutralizar el riesgo
Artículo 12. Obligación de conservar y entregar la documentación
CAPÍTULO III. Derecho a la protección de los intereses económicos y sociales
Artículo 13. Protección contra los abusos contractuales
Artículo 14. Oferta, promoción y publicidad
Artículo 15. Protección del consumidor vulnerable en las ofertas contractuales
Artículo 16. Prácticas comerciales agresivas
Artículo 17. Calidad de los productos, bienes y servicios
Artículo 18. Presupuesto
Artículo 19. Resguardo de depósito
Artículo 20. Documento justificativo de la relación de consumo
Artículo 21. Documentación en la entrega de viviendas
Artículo 22. Precio o contraprestación
Artículo 23. Constancia de las condiciones de las ofertas
Artículo 24. Comprobación de las comunicaciones comerciales y del etiquetado
Artículo 25. Morosidad de los consumidores
CAPÍTULO IV. Derecho a la información del consumidor y el usuario
Artículo 26. Contenido mínimo de la información al consumidor
Artículo 27. Información previa a la contratación de servicios
Artículo 28. Información en materia de vivienda
Artículo 29. Información de los precios
Artículo 30. Lengua utilizada en la información
CAPÍTULO V. Derecho a la protección jurídica y a la reparación de daños y perjuicios sufridos
Artículo 31. Derecho a la reparación y a la indemnización de los daños y perjuicios sufridos
CAPÍTULO VI. Derecho a la educación y a la formación de los consumidores y usuarios
Artículo 32. Educación y formación de los consumidores
Artículo 33. Objetivos de la formación y la educación
CAPÍTULO VII. Asociaciones de consumidores y usuarios
SECCIÓN 1ª. Participación, representación y consulta de las asociaciones de consumidores y usuarios
Artículo 34. Concepto de asociaciones de consumidores y usuarios
Artículo 35. Fomento de las asociaciones de consumidores y usuarios
Artículo 36. Funciones de las asociaciones de consumidores y usuarios
Artículo 37. Derechos de las asociaciones de consumidores y usuarios
Artículo 38. Audiencia
SECCIÓN 2ª. Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de las Illes Balears
Artículo 39. Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de las Illes Balears
Artículo 40. Control de los requisitos de inscripción
Artículo 41. Exclusión del Registro autonómico
Artículo 42. Colaboración con el Registro estatal
CAPÍTULO VIII. El Consejo de Consumo de las Illes Balears
Artículo 43. El Consejo de Consumo de las Illes Balears
TÍTULO III. ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS
CAPÍTULO I. Actuaciones generales
Artículo 44. Acciones administrativas de protección
Artículo 45. Conservación de archivos
CAPÍTULO II. Actuaciones administrativas en materia de información a los consumidores
Artículo 46. Actuaciones administrativas en materia de información
Artículo 47. Oficinas de información al consumidor
Artículo 48. Funciones de las oficinas de información al consumidor
CAPÍTULO III. Resolución extrajudicial de conflictos
Artículo 49. Hojas de reclamación o denuncia
Artículo 50. Tramitación de denuncias y reclamaciones
Artículo 51. Fomento del arbitraje de consumo
Artículo 52. La Junta Arbitral de Consumo de las Illes Balears
Artículo 53. Adhesión de las empresas de las Illes Balears al arbitraje de consumo
CAPÍTULO IV. Actuaciones administrativas para la educación y la formación de los consumidores y usuarios
Artículo 54. Desarrollo del derecho a la educación de los consumidores
CAPÍTULO V. Control e inspección de los productos, bienes y servicios
Artículo 55. La inspección y el control de mercado
Artículo 56. Ámbito de actuación
Artículo 57. El personal inspector
Artículo 58. Funciones de la inspección de consumo
Artículo 59. Facultades del personal inspector
Artículo 60. Colaboración con la inspección
Artículo 61. Obligaciones de los ciudadanos en las actuaciones inspectoras
Artículo 62. Depósito y custodia de productos
Artículo 63. Citaciones
Artículo 64. Requerimientos
Artículo 65. Actas de inspección
Artículo 66. Valor probatorio de las actas de inspección
Artículo 67. Diligencias de inspección
Artículo 68. Toma de muestras
Artículo 69. Pago de las muestras
Artículo 70. Ratificación de las actuaciones
Artículo 71. Formación y recursos de la inspección
CAPÍTULO VI. Medidas cautelares
Artículo 72. Medidas cautelares
Artículo 73. Tipos de medidas cautelares
Artículo 74. Procedimiento de actuación
Artículo 75. Multas coercitivas
Artículo 76. Comunicación de los riesgos y las irregularidades graves
TÍTULO IV. POTESTAD SANCIONADORA
Artículo 77. Atribución de la potestad sancionadora
Artículo 78. Responsabilidad de las infracciones
Artículo 79. Responsabilidades en supuestos de extinción de personas jurídicas
Artículo 80. Otros responsables
Artículo 81. Tipificación de infracciones
Artículo 82. Clasificación y calificación de las infracciones
Artículo 83. Criterios de graduación de las sanciones
Artículo 84. Reducción de la sanción
Artículo 85. Cuantía de las sanciones
Artículo 86. Sanciones accesorias
Artículo 87. Órganos competentes
Artículo 88. Medidas cautelares
Artículo 89. Procedimiento
Artículo 90. Prescripción
TÍTULO V. COMPETENCIAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Artículo 91. Coordinación de las competencias
Artículo 92. Competencias de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears
Artículo 93. Competencias de los municipios
Artículo 94. Colaboración interadministrativa
Artículo 95. Deber de colaboración con las administraciones de consumo
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Normativa supletoria
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimiento sancionador
D.T. 2ª. Régimen transitorio de los reglamentos de desarrollo
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo de la ley
D.F. 2ª. Entrada en vigor