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Articulo 92 Protección de las personas consumidoras y usuarias

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Artículo 92. Competencias de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears

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Corresponde a las diversas consejerías de la Administración de las Illes Balears con competencia sectorial en materia de consumo la ejecución de la presente ley y de las normas que la desarrollan y la realización de las actuaciones con sujeción a los principios que la inspiran.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-2014 en vigor desde 31-10-2014