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DECRETO FORAL 104/2021, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita Aplicable en la Comunidad Foral de Navarra. - Boletín Oficial de Navarra de 29-12-2021

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Ambito: Navarra

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Diciembre de 2021

F. entrada en vigor: 29/12/2021

Órgano emisor: 1.1. DISPOSICIONES GENERALES

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 291

F. Publicación: 29/12/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Artículo único. Aprobación del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita aplicable en la Comunidad Foral de Navarra.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Efectos económicos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Revisión y actualización de los módulos y bases de compensación económica. D.F. 2ª. Adaptación de los baremos. D.F. 3ª. Desarrollo normativo. D.F. 4ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA APLICABLE EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Organización y funcionamiento de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Navarra
Artículo 3. Ámbito territorial y competencias. Artículo 4. Composición y designación de sus miembros. Artículo 5. Dependencia orgánica, soporte administrativo y sede. Artículo 6. Información sobre los servicios de justicia gratuita. Artículo 7. Funcionamiento. Artículo 8. Indemnización por asistencia. Artículo 9. Funciones. Artículo 10. Gestión administrativa.
CAPÍTULO III. Procedimiento para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita
Artículo 11. Iniciación. Artículo 12. Presentación de la solicitud. Artículo 13. Subsanación de deficiencias. Artículo 14. Designaciones provisionales. Artículo 15. Ausencia de designaciones provisionales. Artículo 16. Reiteración de la solicitud. Artículo 17. Requerimiento judicial de designación de profesional. Artículo 18. Instrucción del procedimiento por la Comisión. Artículo 19. Resolución. Artículo 20. Notificaciones y comunicaciones. Artículo 21. Ausencia de resolución expresa. Artículo 22. Revocación del derecho. Artículo 23. Impugnación de la resolución. Artículo 24. Reintegro económico.
CAPÍTULO IV. Organización de los servicios de asistencia letrada, defensa y representación gratuitas
Artículo 25. Gestión colegial de los servicios. Artículo 26. Servicios de Orientación Jurídica. Artículo 27. Servicios de Orientación Jurídica Especializados. Artículo 28. Turno de guardia. Artículo 29. Turno de oficio. Artículo 30. Unidad de actuación letrada. Artículo 31. Formación y especialización. Artículo 32. Coordinación entre Colegios de la Abogacía y de la Procura. Artículo 33. Obligaciones profesionales. Artículo 34. Insostenibilidad de la pretensión. Artículo 35. Quejas y denuncias. Artículo 36. Responsabilidad patrimonial.
CAPÍTULO V. Compensación económica y supervisión de los servicios de asistencia jurídica gratuita
Artículo 37. Compensación económica por los servicios colegiales. Artículo 38. Gastos de infraestructura por la gestión colegial de la asistencia jurídica gratuita. Artículo 39. Retribución por baremo. Artículo 40. Compensación económica por turno de guardia. Artículo 41. Devengo de la indemnización. Artículo 42. Acreditación documental. Artículo 43. Verificación y calidad de los servicios prestados. Artículo 44. Gestión colegial de la compensación económica para financiar las actuaciones profesionales de los Abogados y de los Procuradores.
CAPÍTULO VI. Asistencia pericial gratuita
Artículo 45. Contenido de la prestación. Artículo 46. Procedimiento para la designación de peritos pertenecientes a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Artículo 47. Peritajes privados. Artículo 48. Coste económico de las pruebas periciales. Artículo 49. Procedimiento para el abono de los honorarios. Artículo 50. Autorización de gastos de superior cuantía. Artículo 51. Reintegro económico. Artículo 52. Listas de profesionales de servicios periciales.
CAPÍTULO VII. Asistencia jurídica gratuita en litigios transfronterizos de la Unión Europea
Artículo 53. Asistencia jurídica gratuita en litigios transfronterizos de la Unión Europea. ANEXO I. Solicitud de asistencia jurídica gratuita ANEXO II. Talones para la Abogacía y la Procura ANEXO III. Módulos y base de compensación económica ANEXO IV