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Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 31-12-2011

Tiempo de lectura: 19 min

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Diciembre de 2021

F. entrada en vigor: 31/01/2012

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 255

F. Publicación: 31/12/2011


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y finalidad de la Ley. Artículo 2. Definiciones.
TÍTULO II. DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS Y ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA
CAPÍTULO I. Competencias
Artículo 3. Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía. Artículo 4. Competencias de los municipios. Artículo 5. Las relaciones interadministrativas.
CAPÍTULO II. Órganos en materia de turismo de la Administración de la Junta de Andalucía
Artículo 6. Órganos. Artículo 7. El Consejo Andaluz del Turismo. Artículo 8. La Comisión Interdepartamental en Materia de Turismo.
TÍTULO III. DE LA PLANIFICACIÓN Y DE LA ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS TURÍSTICOS
CAPÍTULO I. Objetivos generales y acciones
Artículo 9. Objetivos generales. Artículo 10. Acciones de ordenación y fomento.
CAPÍTULO II. Ordenación de los recursos turísticos
SECCIÓN 1.ª De los instrumentos y programas turísticos
Artículo 11. Plan General del Turismo. Artículo 12. Marcos Estratégicos para la Ordenación de los Recursos y las Actividades Turísticas. Artículo 13. Estrategia de Turismo Sostenible de Andalucía. Artículo 14. Programas de Recualificación de Destinos. Artículo 15. Planes Turísticos de Grandes Ciudades. Artículo 16. Programas de Turismos Específicos.
SECCIÓN 2.ª Del uso turístico del suelo y las relaciones con la ordenación del territorio
Artículo 17. Determinaciones de los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional en materia de turismo. Artículo 18. Mantenimiento del uso turístico.
CAPÍTULO III. El Municipio Turístico
Artículo 19. Definición de Municipio Turístico de Andalucía y finalidad de su declaración. Artículo 20. Declaración.
TÍTULO IV. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS USUARIAS DE SERVICIOS TURÍSTICOS Y DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS
CAPÍTULO I. De las personas usuarias de servicios turísticos
Artículo 21. Derechos. Artículo 22. Obligaciones.
CAPÍTULO II. De las empresas turísticas
Artículo 23. Derechos. Artículo 24. Obligaciones generales. Artículo 25. Sobrecontratación. Artículo 26. Obligaciones de información.
CAPÍTULO III. Unidad para la Asistencia al Turista
Artículo 27. Creación, funciones y medios de la Unidad.
TÍTULO V. DE LA ORDENACIÓN DE LA OFERTA TURÍSTICA
CAPÍTULO I. De los servicios, actividades y establecimientos turísticos
SECCIÓN 1.ª De los servicios turísticos y actividades con incidencia en el ámbito turístico
Artículo 28. Servicios turísticos. Artículo 29. Actividades con incidencia en el ámbito turístico. Artículo 30. Libertad de establecimiento y de prestación de los servicios turísticos. Artículo 31. Signos distintivos y publicidad de los servicios turísticos. Artículo 32. Precios de los servicios turísticos.
SECCIÓN 2.ª De los establecimientos de alojamiento turístico
Artículo 33. Clasificación administrativa de los establecimientos de alojamiento turístico. Artículo 34. Clasificación sobre la base de una declaración responsable. Artículo 35. Requisitos de infraestructura, seguridad y medio ambiente de los establecimientos de alojamiento turísticos. Artículo 36. Acceso y permanencia en los estable­cimientos de alojamiento turísticos.
CAPÍTULO II. Del Registro de Turismo de Andalucía
Artículo 37. Objeto, fines y naturaleza del Registro de Turismo de Andalucía. Artículo 38. Inscripción sobre la base de una declaración responsable. Artículo 39. Seguros de responsabilidad civil y otras garantías.
CAPÍTULO III. De los establecimientos y servicios turísticos en particular
SECCIÓN 1.ª De los establecimientos de alojamiento turístico
Artículo 40. Tipos de establecimientos de alojamiento turístico. Artículo 41. Principio de unidad de explotación. Artículo 42. Establecimientos en régimen de propiedad horizontal o figuras afines. Artículo 43. Clasificación por grupos de los establecimientos hoteleros. Artículo 44. Apartamentos turísticos. Artículo 45. Compatibilidad en el mismo inmueble de distintos grupos o tipos de establecimientos. Artículo 46. Campamentos de turismo o campings. Artículo 47. Casas rurales.
SECCIÓN 2ª. De las viviendas turísticas de alojamiento rural
Artículo 48. De las viviendas turísticas de alojamiento rural.
SECCIÓN 3ª Régimen de aprovechamiento por turno en establecimientos de alojamiento turístico
Artículo 49. Régimen de aprovechamiento por turno.
SECCIÓN 4ª De la intermediación turística
Artículo 50. Empresas de intermediación turística.
SECCIÓN 5ª De la información turística y de los servicios de información
Artículo 51. Información turística. Artículo 52. Oficinas de turismo. Artículo 53. Red de Oficinas de Turismo de Andalucía. Artículo 54. Guías de turismo.
TÍTULO VI. PROMOCIÓN, CALIDAD E INNOVACIÓN
CAPÍTULO I. De la promoción de los recursos turísticos de la Administración turística de la Junta de Andalucía
Artículo 55. Definición. Artículo 56. Principios de actuación. Artículo 57. Planificación de la promoción turística. Artículo 58. Declaraciones de interés turístico de Andalucía.
CAPÍTULO II. De la calidad turística
Artículo 59. Calidad turística. Artículo 60. Objetivos. Artículo 61. Planificación de la calidad turística.
CAPÍTULO III. De la innovación turística
Artículo 62. Innovación turística.
TÍTULO VII. DE LA INSPECCIÓN TURÍSTICA
Artículo 63. Funciones de la inspección turística. Artículo 64. Los servicios de inspección turística. Artículo 65. Deberes de colaboración. Artículo 66. Obligaciones de las personas administradas. Artículo 67. Planificación de las actuaciones inspectoras. Artículo 68. Actas de infracción.
TÍTULO VIII. RÉGIMEN SANCIONADOR DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA Y MEDIDAS DE EJECUCIÓN FORZOSA
CAPÍTULO I. De las infracciones administrativas
Artículo 69. Infracciones administrativas. Artículo 70. Infracciones leves. Artículo 71. Infracciones graves. Artículo 72. Infracciones muy graves. Artículo 73. Responsables de las infracciones. Artículo 74. Infracciones constitutivas de delito o falta. Artículo 75. Prescripción de las infracciones.
CAPÍTULO II. De las sanciones administrativas
Artículo 76. Tipología de las sanciones. Artículo 77. Prescripción de las sanciones. Artículo 78. Sanciones. Artículo 79. Criterios para la graduación de las sanciones. Artículo 80. Órganos competentes.
CAPÍTULO III. Del procedimiento sancionador
Artículo 81. Normativa de aplicación. Artículo 82. Incoación. Artículo 83. Medidas cautelares. Artículo 84. Caducidad. Artículo 85. Anotación, cancelación y publicidad de sanciones.
CAPÍTULO IV. Medidas de ejecución forzosa
Artículo 86. Multas coercitivas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Actualización de las multas. D.A. 2ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Determinaciones turísticas de los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional ya vigentes y en tramitación. D.T. 2ª. Escuela Oficial de Turismo de Andalucía. D.T. 3ª. Viviendas turísticas de alojamiento rural. D.T. 4ª. Normas procedimentales. D.T. 5ª. Régimen sancionador. D.T. 6ª. Extensión del sistema de garantías.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. D.F. 3ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 4ª. Delegación para la refundición de textos normativos. D.F. 5ª. Entrada en vigor.