Articulo 9 Turismo de Andalucía

Articulo 9 Turismo de Andalucía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 9. Objetivos generales.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las Administraciones Públicas, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y conforme al principio de sostenibilidad, estimularán la mejora de la calidad y de la competitividad de la oferta turística andaluza.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2011 en vigor desde 31-01-2012