Articulo 76 Turismo de Andalucía
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»Artículo 76. Tipología de las sanciones.
Vigente
Las infracciones contra lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones en materia de turismo darán lugar a la imposición de las siguientes sanciones.
a) Principales.
- Apercibimiento.
- Multa.
b) Accesorias.
- Suspensión temporal del ejercicio de servicios turísticos y clausura temporal del establecimiento o de la unidad de alojamiento.
- El cese definitivo del ejercicio de servicios turísticos y la clausura definitiva del establecimiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2011 en vigor desde 31-01-2012