Articulo 62 Turismo de Andalucía

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Artículo 62. Innovación turística.

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La Consejería competente en materia de turismo apoyará la innovación y la modernización tecnológica de las empresas, establecimientos y servicios turísticos, así como la generación y transferencia de conocimiento al sistema turístico andaluz, como instrumento estratégico para incrementar su competitividad y sostenibilidad.

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  • Texto Original. Publicado el 31-12-2011 en vigor desde 31-01-2012