Dt 5 Turismo de Andalucía
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»D.T. 5ª. Régimen sancionador.
Vigente
La presente Ley no será de aplicación a los procedimientos sancionadores iniciados antes de su entrada en vigor, los cuales se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones vigentes en el momento de su incoación, salvo que lo dispuesto en esta Ley resulte más favorable para la persona presuntamente infractora.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2011 en vigor desde 31-01-2012