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LEY 2/2020, de 22 de octubre, de Estadística de Aragón. - Boletín Oficial de Aragón de 30-10-2020

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Octubre de 2020

F. entrada en vigor: 31/10/2020

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 217

F. Publicación: 30/10/2020

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Artículo 4. Exclusiones.
TÍTULO I. La actividad estadística
CAPÍTULO I. Principios generales
Artículo 5. Principios generales de la actividad estadística.
CAPÍTULO II. El secreto estadístico
Artículo 6. Secreto estadístico. Artículo 7. Datos protegidos Artículo 8. Datos no protegidos. Artículo 9. Uso de los datos protegidos. Artículo 10. Obligados a mantener el secreto estadístico. Artículo 11. Comunicación de datos. Artículo 12. Comunicación con fines científicos.
CAPÍTULO III. Recogida de información
Artículo 13. Utilización preferente de archivos y registros administrativos. Artículo 14. Forma de solicitar la información. Artículo 15. Obligación de suministrar información. Artículo 16. Forma de suministrar la información. Artículo 17. Acceso y subsanación.
CAPÍTULO IV. Tratamiento y conservación de la información
Artículo 18. Tratamiento de la información. Artículo 19. Normalización técnica. Artículo 20. Actualización. Artículo 21. Conservación y custodia de la información. Artículo 22. Eliminación.
CAPÍTULO V. Difusión de la producción estadística
Artículo 23. Difusión general. Artículo 24. Difusión específica. Artículo 25. Deber de reserva.
TÍTULO II. Estadística para fines de la Comunidad Autónoma de Aragón
CAPÍTULO I. Disposiciones comunes
Artículo 26. Estadística para fines de la Comunidad Autónoma de Aragón. Artículo 27. Sistema Estadístico Oficial de Aragón.
CAPÍTULO II. Planificación estadística
Artículo 28. Plan Estadístico de Aragón. Artículo 29. Contenido del Plan Estadístico de Aragón. Artículo 30. Desagregación. Artículo 31. Desarrollo del Plan Estadístico de Aragón. Artículo 32. Programas Anuales de Actuación Estadística. Artículo 33. Otras estadísticas.
CAPÍTULO III. Normas técnicas
Artículo 34. Normas técnicas.
CAPÍTULO IV. Registros estadísticos
Artículo 35. Archivos y registros de utilidad estadística. Artículo 36. Creación de archivos y registros.
CAPÍTULO V. Organización administrativa de la actividad estadística
Artículo 37. Objeto y naturaleza. Artículo 38. Fines generales. Artículo 39. Funciones. Artículo 40. Instituto Aragonés de Estadística. Artículo 41. Unidades estadísticas sectoriales. Artículo 42. Comisión Técnica Interdepartamental de Estadística.
CAPÍTULO VI. Cooperación interadministrativa
Artículo 43. Colaboración en materia estadística. Artículo 44. Comunicación al Instituto Aragonés de Estadística.
CAPÍTULO VII. Calidad estadística
Artículo 45. Objetivo. Artículo 46. Memoria de calidad estadística.
TÍTULO III. Actividad estadística de las Universidades Públicas y Centros Públicos incluidos en el Sistema Universitario de Aragón, de las Entidades Locales y de las Corporaciones de Derecho Público de Aragón
Artículo 47. Actividad estadística de otras entidades y corporaciones de derecho público de Aragón. Artículo 48. Órgano especializado. Artículo 49. Inclusión de operaciones en el Plan Estadístico de Aragón. Artículo 50. Operaciones estadísticas independientes. Artículo 51. Comparación e integración de los datos.
TÍTULO IV. Régimen sancionador
Artículo 52. Delimitación. Artículo 53. Responsables. Artículo 54. Infracciones de las personas que realizan actividad estadística. Artículo 55. Infracciones de los informantes. Artículo 56. Infracciones de terceros que consultan o acceden a datos protegidos por el secreto estadístico. Artículo 57. Reincidencia. Artículo 58. Sanciones. Artículo 59. Competencia. Artículo 60. Procedimiento. Artículo 61. Prescripción.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Nuevas operaciones estadísticas. D.T. 2ª. Obligación de aportar datos. D.T. 3ª. Acuerdos y convenios vigentes. D.T. 4ª. Solicitud de datos distintos de los publicados.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación expresa y por incompatibilidad.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa. D.F. 2ª. Comisión Técnica Interdepartamental de Estadística. D.F. 3ª. Revisión de sanciones. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO. Relación de operaciones estadísticas en las que existe obligación de aportar los datos que sean requeridos a los informantes