Articulo 43 Estadística de Aragón

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Artículo 43. Colaboración en materia estadística.

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1. Para obtener una mejor utilización de recursos públicos en la actividad estadística, el Gobierno de Aragón, en el marco de sus competencias, podrá autorizar la celebración de convenios y acuerdos con otras administraciones y organismos públicos, nacionales o internacionales, en todos los niveles del proceso estadístico.

2. Los órganos y unidades estadísticas de las universidades públicas y centros públicos incluidos en el Sistema Universitario de Aragón, de las entidades locales o de las corporaciones de derecho público podrán participar voluntariamente, mediante convenio, acuerdo o contrato, y en el ámbito de sus competencias, en la ejecución y difusión de las estadísticas para fines de la Comunidad Autónoma de Aragón incluidas en el Plan Estadístico de Aragón y en los Programas Anuales de Actuación Estadística.

La Administración, cuando así se disponga en el acuerdo, convenio o contrato, formará adecuadamente en el tratamiento de datos a todas las entidades locales, corporaciones de derecho público y cualesquiera otras personas físicas o jurídicas que colaboren en la realización de la actividad estadística.

3. El Gobierno de Aragón facilitará, mediante la celebración de los instrumentos de cooperación necesarios con la universidad y los centros y grupos de investigación reconocidos, la explotación de los datos disponibles para la elaboración de estadísticas sometidas a lo dispuesto en la presente ley.

4. Las universidades públicas y centros públicos incluidos en el Sistema Universitario de Aragón, las corporaciones de derecho público, los centros y unidades de investigación oficialmente reconocidos, los agentes sociales y económicos más representativos y otras entidades públicas o privadas podrán suscribir acuerdos con el Instituto Aragonés de Estadística o, en su caso, con el órgano directivo del que dependa, con la finalidad exclusiva de favorecer la investigación científica y el diseño y seguimiento de líneas estratégicas de desarrollo socioeconómico de Aragón. A fin de preservar el secreto estadístico, el Instituto Aragonés de Estadística supervisará el proceso de consulta de los datos estadísticos.