Legislación

REGLAMENTO (UE) Nº 1169/2011 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1924/2006 y (CE) nº 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) nº 608/2004 de la Comisión (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 22-11-2011

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Diciembre de 2015

F. entrada en vigor: 12/12/2011

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 303

F. Publicación: 22/11/2011


CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones
CAPÍTULO II. PRINCIPIOS GENERALES SOBRE INFORMACIÓN ALIMENTARIA
Artículo 3. Objetivos generales Artículo 4. Principios que rigen la información alimentaria obligatoria Artículo 5. Consulta a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria
CAPÍTULO III. REQUISITOS GENERALES DE INFORMACIÓN ALIMENTARIA Y RESPONSABILIDADES DE LOS EXPLOTADORES DE EMPRESAS ALIMENTARIAS
Artículo 6. Requisito fundamental Artículo 7. Prácticas informativas leales Artículo 8. Responsabilidades
CAPÍTULO IV. INFORMACIÓN ALIMENTARIA OBLIGATORIA
SECCIÓN 1. Contenido y presentación
Artículo 9. Lista de menciones obligatorias Artículo 10. Menciones obligatorias adicionales para categorías o tipos específicos de alimentos Artículo 11. Pesos y medidas Artículo 12. Disponibilidad y colocación de la información alimentaria obligatoria Artículo 13. Presentación de las menciones obligatorias Artículo 14. Venta a distancia Artículo 15. Requisitos lingüísticos Artículo 16. Omisión de determinadas menciones obligatorias
SECCIÓN 2. Normas detalladas sobre las menciones obligatorias
Artículo 17. Denominación del alimento Artículo 18. Lista de ingredientes Artículo 19. Omisión de la lista de ingredientes Artículo 20. Omisión de componentes de alimentos en la lista de ingredientes Artículo 21. Etiquetado de determinadas sustancias o productos que causan alergias o intolerancias Artículo 22. Indicación cuantitativa de los ingredientes Artículo 23. Cantidad neta Artículo 24. Fecha de duración mínima, fecha de caducidad y fecha de congelación Artículo 25. Condiciones de conservación o de utilización Artículo 26. País de origen o lugar de procedencia Artículo 27. Modo de empleo Artículo 28. Grado alcohólico
SECCIÓN 3. Información nutricional
Artículo 29. Relación con otros actos legislativos Artículo 30. Contenido Artículo 31. Cálculo Artículo 32. Expresión por 100 g o por 100 ml Artículo 33. Expresión por porción o por unidad de consumo Artículo 34. Presentación Artículo 35. Formas adicionales de expresión y presentación
CAPÍTULO V. INFORMACIÓN ALIMENTARIA VOLUNTARIA
Artículo 36. Requisitos aplicables Artículo 37. Presentación
CAPÍTULO VI. MEDIDAS NACIONALES
Artículo 38. Medidas nacionales Artículo 39. Medidas nacionales sobre las menciones obligatorias adicionales Artículo 40. Leche y productos lácteos Artículo 41. Bebidas alcohólicas Artículo 42. Expresión de la cantidad neta Artículo 43. Indicación voluntaria de ingestas de referencia para grupos de población específicos Artículo 44. Medidas nacionales relativas a los alimentos no envasados Artículo 45. Procedimiento de notificación
CAPÍTULO VII. DISPOSICIONES DE APLICACIÓN, MODIFICADORAS Y FINALES
Artículo 46. Modificaciones de los anexos Artículo 47. Período transitorio y fecha de aplicación de las medidas de ejecución o de los actos delegados Artículo 48. Comité Artículo 49. Modificación del Reglamento (CE) no 1924/2006 Artículo 50. Modificación del Reglamento (CE) no 1925/2006 Artículo 51. Ejercicio de la delegación Artículo 52. Procedimiento de urgencia Artículo 53. Derogación Artículo 54. Medidas transitorias Artículo 55. Entrada en vigor y fecha de aplicación ANEXO I. DEFINICIONES ESPECÍFICAS ANEXO II. SUSTANCIAS O PRODUCTOS QUE CAUSAN ALERGIAS O INTOLERANCIAS ANEXO III. ALIMENTOS EN CUYO ETIQUETADO DEBEN FIGURAR UNA O MÁS MENCIONES ADICIONALES ANEXO IV. DEFINICIÓN DE ALTURA DE LA X ANEXO V. ALIMENTOS EXENTOS DEL REQUISITO DE INFORMACIÓN NUTRICIONAL OBLIGATORIA ANEXO VI. DENOMINACIÓN DEL ALIMENTO Y MENCIONES ESPECÍFICAS QUE LO ACOMPAÑAN ANEXO VII. INDICACIÓN Y DESIGNACIÓN DE LOS INGREDIENTES ANEXO VIII. INDICACIÓN CUANTITATIVA DE LOS INGREDIENTES ANEXO IX. DECLARACIÓN DE LA CANTIDAD NETA ANEXO X. FECHA DE DURACIÓN MÍNIMA, FECHA DE CADUCIDAD Y FECHA DE CONGELACIÓN ANEXO XI. TIPOS DE CARNE PARA LOS QUE ES OBLIGATORIA LA INDICACIÓN DEL PAÍS DE ORIGEN O EL LUGAR DE PROCEDENCIA ANEXO XII. GRADO ALCOHÓLICO ANEXO XIII. INGESTAS DE REFERENCIA ANEXO XIV. FACTORES DE CONVERSIÓN ANEXO XV. EXPRESIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN NUTRICIONAL