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Articulo 29 Información alimentaria facilitada al consumidor

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Artículo 29. Relación con otros actos legislativos

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1. La presente sección no se aplicará a los alimentos comprendidos en el ámbito de la legislación siguiente:

a) la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios (35);

b) la Directiva 2009/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, sobre explotación y comercialización de aguas minerales naturales (36).

2. La presente sección se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, relativa a los productos alimenticios destinados a una alimentación especial (37), y las Directivas específicas mencionadas en el artículo 4, apartado 1, de dicha Directiva.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-11-2011 en vigor desde 12-12-2011