DIRECTIVA 2010/63/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 22 de septiembre de 2010 relativa a la protección de los animales utilizados para fines científicos (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 20-10-2010
Índice
Texto
Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Junio de 2024
F. entrada en vigor: 09/11/2010
Órgano emisor: PARLAMENTO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 275
F. Publicación: 20/10/2010
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2. Medidas nacionales más estrictas
Artículo 3. Definiciones
Artículo 4. Principio de reemplazo, reducción y refinamiento
Artículo 5. Finalidades de los procedimientos
Artículo 6. Métodos de sacrificio
CAPÍTULO II. DISPOSICIONES PARA LA UTILIZACIÓN DE DETERMINADOS ANIMALES EN LOS PROCEDIMIENTOS
Artículo 7. Especies amenazadas
Artículo 8. Primates no humanos
Artículo 9. Animales capturados en la naturaleza
Artículo 10. Animales criados para utilizarlos en procedimientos
Artículo 11. Animales asilvestrados y vagabundos de especies domésticas
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTOS
Artículo 12. Procedimientos
Artículo 13. Elección de los métodos
Artículo 14. Anestesia
Artículo 15. Clasificación de la severidad de los procedimientos
Artículo 16. Reutilización
Artículo 17. Conclusión del procedimiento
Artículo 18. Puesta en común de órganos y tejidos
Artículo 19. Puesta en libertad y realojamiento de animales
CAPÍTULO IV. AUTORIZACIÓN
Sección 1. Requisitos para los criadores, suministradores y usuarios
Artículo 20. Autorización de criadores, suministradores y usuarios
Artículo 21. Suspensión y retirada de la autorización
Artículo 22. Requisitos aplicables a las instalaciones y equipos
Artículo 23. Competencia del personal
Artículo 24. Requisitos específicos para el personal
Artículo 25. Veterinario designado
Artículo 26. Órgano encargado del bienestar de los animales
Artículo 27. Funciones del órgano encargado del bienestar de los animales
Artículo 28. Estrategia de cría de primates no humanos
Artículo 29. Régimen de realojamiento o puesta en libertad de los animales
Artículo 30. Registros sobre los animales
Artículo 31. Información sobre perros, gatos y primates no humanos
Artículo 32. Marcado e identificación de perros, gatos y primates no humanos
Artículo 33. Cuidado y alojamiento
Sección 2. Inspecciones
Artículo 34. Inspecciones de los Estados miembros
Artículo 35. Control de las inspecciones de los Estados miembros
Sección 3. Requisitos de los proyectos
Artículo 36. Autorización de proyectos
Artículo 37. Solicitud de autorización de proyectos
Artículo 38. Evaluación de proyectos
Artículo 39. Evaluación retrospectiva
Artículo 40. Concesión de autorizaciones a proyectos
Artículo 41. Decisiones relativas a autorizaciones
Artículo 42. Procedimiento administrativo simplificado
Artículo 43. Resúmenes no técnicos de los proyectos
Artículo 44. Modificación, renovación y retirada de autorizaciones de proyectos
Artículo 45. Documentación
CAPÍTULO V. EVITAR REPETICIONES Y PLANTEAMIENTOS ALTERNATIVOS
Artículo 46. Evitar repeticiones de procedimientos
Artículo 47. Planteamientos alternativos
Artículo 48. Laboratorio de Referencia de la Unión
Artículo 49. Comité nacional para la protección de animales utilizados con fines científicos
CAPÍTULO VI. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 50. Adaptación de los anexos al progreso técnico
Artículo 51. Ejercicio de la delegación
Artículo 52. Revocación de la delegación
Artículo 53. Objeciones a los actos delegados
Artículo 54. Información sobre la aplicación y la comunicación de datos estadísticos
Artículo 55. Cláusula de salvaguardia
Artículo 56. Comité
Artículo 57. Informe de la Comisión
Artículo 58. Revisión
Artículo 59. Autoridades competentes
Artículo 60. Sanciones
Artículo 61. Incorporación al Derecho nacional
Artículo 62. Derogación
Artículo 63. Modificación del Reglamento (CE) no 1069/2009
Artículo 64. Disposiciones transitorias
Artículo 65. Entrada en vigor
Artículo 66. Destinatarios
ANEXO I. LISTA DE LOS ANIMALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 10
ANEXO II. LISTA DE LOS PRIMATES NO HUMANOS Y FECHAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 10, APARTADO 1, PÁRRAFO SEGUNDO
ANEXO III. REQUISITOS RELATIVOS A LOS ESTABLECIMIENTOS Y AL ALOJAMIENTO Y AL CUIDADO DE LOS ANIMALES
ANEXO IV. MÉTODOS DE SACRIFICIO DE ANIMALES
ANEXO V. LISTA DE LOS ELEMENTOS MENCIONADOS EN EL ARTÍCULO 23, APARTADO 3
ANEXO VI. LISTA DE LOS ELEMENTOS MENCIONADOS EN EL ARTÍCULO 37, APARTADO 1, LETRA c)
ANEXO VII. COMPETENCIAS Y FUNCIONES DEL LABORATORIO DE REFERENCIA DE LA UNIÓN
ANEXO VIII. CLASIFICACIÓN DE LA SEVERIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS