Reglamento (CE) nº 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados. - Diario Oficial de la Unión Europea de 30-04-2004
Índice
Texto
Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Enero de 2024
F. entrada en vigor: 21/01/2005
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 166
F. Publicación: 30/04/2004
- El "REGLAMENTO (CE) Nº 4/2009 DEL CONSEJO de 18 de diciembre de 2008 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos" sustituye, en materia de obligaciones de alimentos, al Reglamento (CE) nº 805/2004, excepto en lo referente a los títulos ejecutivos europeos sobre obligaciones de alimentos expedidos en un Estado miembro no vinculado por el protocolo de La Haya de 2007.
- REGLAMENTO (CE) Nº 4/2009 DEL CONSEJO de 18 de diciembre de 2008 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecucion de las resoluciones y la cooperacion en materia de obligaciones de alimentos
CAPÍTULO I. OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Títulos ejecutivos que se certificarán como título ejecutivo europeo
Artículo 4. Definiciones
CAPÍTULO II. TÍTULO EJECUTIVO EUROPEO
Artículo 5. Supresión del exequátur
Artículo 6. Requisitos para la certificación como título ejecutivo europeo
Artículo 7. Costas procesales
Artículo 8. Certificado de título ejecutivo europeo parcial
Artículo 9. Expedición del certificado de título ejecutivo europeo
Artículo 10. Rectificación o revocación del certificado de título ejecutivo europeo
Artículo 11. Efecto del certificado de título ejecutivo europeo
CAPÍTULO III. NORMAS MÍNIMAS APLICABLES A LOS PROCEDIMIENTOS
Artículo 12. Ámbito de aplicación de las normas mínimas
Artículo 13. Notificación con acuse de recibo por parte del deudor
Artículo 14. Notificación sin acuse de recibo por parte del deudor
Artículo 15. Notificación a los representantes del deudor
Artículo 16. Información debida del deudor acerca del crédito
Artículo 17. Información debida del deudor respecto de los requisitos procesales para impugnar el crédito
Artículo 18. Subsanación del incumplimiento de las normas mínimas
Artículo 19. Normas mínimas para la revisión en casos excepcionales
CAPÍTULO IV. EJECUCIÓN
Artículo 20. Procedimiento de ejecución
Artículo 21. Denegación de ejecución
Artículo 22. Acuerdos con terceros países
Artículo 23. Suspensión o limitación de la ejecución
CAPÍTULO V. TRANSACCIONES JUDICIALES Y DOCUMENTOS PÚBLICOS CON FUERZA EJECUTIVA
Artículo 24. Transacciones judiciales
Artículo 25. Documento público con fuerza ejecutiva
CAPÍTULO VI. DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Artículo 26. Disposición transitoria
CAPÍTULO VII. RELACIONES CON OTROS INSTRUMENTOS COMUNITARIOS
Artículo 27. Relación con el Reglamento (CE) n° 44/2001
Artículo 28. Relación con el Reglamento (CE) n° 1348/2000
CAPÍTULO VIII. DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES
Artículo 29. Información sobre los procedimientos de ejecución y sobre las autoridades
Artículo 30. Información sobre los procedimientos de recurso, lenguas y autoridades
Artículo 31. Modificación de los anexos
Artículo 31 bis. Ejercicio de la delegación
Artículo 32. Comité
Artículo 33. Entrada en vigor
ANEXO I. CERTIFICADO DE TÍTULO EJECUTIVO EUROPEO - RESOLUCIÓN JUDICIAL
ANEXO II. CERTIFICADO DE TÍTULO EJECUTIVO EUROPEO - TRANSACCIÓN JUDICIAL
ANEXO III. CERTIFICADO DE TÍTULO EJECUTIVO EUROPEO - DOCUMENTO PÚBLICO CON FUERZA EJECUTIVA
ANEXO IV. CERTIFICADO DE FALTA O LIMITACIÓN DE EJECUTORIEDAD (apartado 2 del artículo 6)
ANEXO V. CERTIFICADO SUSTITUTORIO DE TÍTULO EJECUTIVO EUROPEO EMITIDO COMO CONSECUENCIA DE UN RECURSO (apartado 3 del artículo 6)
ANEXO VI. SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN O REVOCACIÓN DEL CERTIFICADO DE TÍTULO EJECUTIVO EUROPEO (apartado 3 del artículo 10)