Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. - Boletín Oficial del Estado de 25-07-2015
Índice
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Julio de 2018
F. entrada en vigor: 01/04/2017
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 177
F. Publicación: 25/07/2015
Preambulo
PREÁMBULO
TÍTULO I. Disposiciones preliminares
Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 2. Registro de Patentes.
Artículo 3. Legitimación.
TÍTULO II. Patentabilidad
Artículo 4. Invenciones patentables.
Artículo 5. Excepciones a la patentabilidad.
Artículo 6. Novedad.
Artículo 7. Divulgaciones inocuas.
Artículo 8. Actividad inventiva.
Artículo 9. Aplicación industrial.
TÍTULO III. Derecho a la patente y designación del inventor
Artículo 10. Derecho a la patente.
Artículo 11. Solicitud de patente por persona no legitimada.
Artículo 12. Reivindicación de titularidad.
Artículo 13. Efectos del cambio de titularidad.
Artículo 14. Designación del inventor.
TÍTULO IV. Invenciones realizadas en el marco de una relación de empleo o de servicios
Artículo 15. Invenciones pertenecientes al empresario.
Artículo 16. Invenciones pertenecientes al empleado o prestador de servicios.
Artículo 17. Invenciones asumibles por el empresario.
Artículo 18. Deber de información y ejercicio de los derechos por el empresario y el empleado.
Artículo 19. Carga de la prueba y renuncia de derechos.
Artículo 20. Ámbito de aplicación.
Artículo 21. Invenciones realizadas por el personal investigador de las Universidades Públicas y de los Entes Públicos de Investigación.
TÍTULO V. Solicitud y procedimiento de concesión
CAPÍTULO I. Presentación y requisitos de la solicitud de patente
Artículo 22. Presentación de la solicitud.
Artículo 23. Requisitos de la solicitud.
Artículo 24. Fecha de presentación.
Artículo 25. Designación del inventor.
Artículo 26. Unidad de invención.
Artículo 27. Descripción de la Invención.
Artículo 28. Reivindicaciones.
Artículo 29. Resumen.
Artículo 30. Prioridad.
Artículo 31. Reivindicación de la prioridad.
CAPÍTULO II. Procedimiento de Concesión
Artículo 32. Recepción de la solicitud y remisión a la OEPM.
Artículo 33. Establecimiento de fecha de presentación y admisión a trámite.
Artículo 34. Patentes de interés para la defensa nacional.
Artículo 35. Examen de oficio.
Artículo 36. Emisión del informe sobre el estado de la técnica y de la opinión escrita.
Artículo 37. Publicación de la solicitud y del informe.
Artículo 38. Observaciones de terceros.
Artículo 39. Examen sustantivo.
Artículo 40. Tramitación y resolución.
Artículo 41. Anuncio de la concesión y publicación de la patente.
Artículo 42. Edición del folleto de la patente.
CAPÍTULO III. Oposiciones y recursos
Artículo 43. Oposiciones.
Artículo 44. Recursos.
CAPÍTULO IV. Certificados complementarios de protección de medicamentos y productos fitosanitarios
Artículo 45. Solicitudes.
Artículo 46. Tramitación.
Artículo 47. Mantenimiento.
CAPÍTULO V. Disposiciones comunes a todos los procedimientos y a la información de los terceros
Artículo 48. Modificaciones.
Artículo 49. Rectificación de errores.
Artículo 50. Suspensión de los procedimientos.
Artículo 51. Cambio de modalidad.
Artículo 52. Retirada de la solicitud.
Artículo 53. Restablecimiento de derechos.
Artículo 54. Revisión de los actos en vía administrativa y contencioso-administrativa.
Artículo 55. Consulta de expedientes.
Artículo 56. Accesibilidad de la materia biológica.
Artículo 57. Obligación de facilitar información a terceros.
TÍTULO VI. Efectos de la patente y de la solicitud de la patente
Artículo 58. Duración y cómputo de los efectos.
Artículo 59. Prohibición de explotación directa de la invención.
Artículo 60. Prohibición de explotación indirecta de la invención.
Artículo 61. Límites generales y agotamiento del derecho de patente.
Artículo 62. Excepciones del ganadero y del agricultor.
Artículo 63. Derechos derivados de la utilización anterior.
Artículo 64. Falta de cobertura frente a patentes anteriores.
Artículo 65. Patentes dependientes.
Artículo 66. Limitaciones legales.
Artículo 67. Protección provisional.
Artículo 68. Alcance de la protección.
Artículo 69. Alcance de la protección en las patentes de procedimiento.
TÍTULO VII. Acciones por violación del derecho de patente
Artículo 70. Defensa del derecho.
Artículo 71. Acciones civiles.
Artículo 72. Presupuestos de la indemnización de daños y perjuicios.
Artículo 73. Exhibición de documentos para el cálculo de la indemnización.
Artículo 74. Cálculo de los daños y perjuicios e indemnizaciones coercitivas.
Artículo 75. Incidencia de los beneficios comerciales.
Artículo 76. Indemnización por desprestigio.
Artículo 77. Deducción de las indemnizaciones ya percibidas.
Artículo 78. Prescripción y límite al ejercicio de las acciones.
TÍTULO VIII. La solicitud de patente y la patente como objetos del derecho de propiedad
CAPÍTULO I. Inscripción registral, cotitularidad y expropiación
Artículo 79. Inscripción en el Registro de Patentes.
Artículo 80. Cotitularidad.
Artículo 81. Expropiación.
CAPÍTULO II. Transferencias, Licencias y Gravámenes
Artículo 82. Principios generales.
Artículo 83. Licencias contractuales.
Artículo 84. Conocimientos técnicos.
Artículo 85. Responsabilidad del transmitente y del licenciante.
Artículo 86. Responsabilidad frente a terceros.
CAPÍTULO III. Licencias de pleno derecho
Artículo 87. Licencias de pleno derecho.
Artículo 88. Ofrecimiento de licencias de pleno derecho.
Artículo 89. Obtención de licencias de pleno derecho.
TÍTULO IX. Obligación de explotar y licencias obligatorias
CAPÍTULO I. Obligación de explotar la invención y requisitos para la concesión de licencias obligatorias
Artículo 90. Obligación de explotar.
Artículo 91. Supuestos de concesión de licencias obligatorias.
Artículo 92. Licencias obligatorias por falta o insuficiencia de explotación.
Artículo 93. Licencias obligatorias por dependencia.
Artículo 94. Licencias obligatorias para poner remedio a prácticas anticompetitivas.
Artículo 95. Licencias obligatorias por motivos de interés público.
Artículo 96. Licencias obligatorias para la fabricación de medicamentos destinados a países con problemas de salud pública.
CAPÍTULO II. Procedimiento de concesión de las licencias obligatorias
Artículo 97. Justificación previa del solicitante de la licencia.
Artículo 98. Solicitud de la licencia.
Artículo 99. Tramitación y resolución.
CAPÍTULO III. Régimen de las licencias obligatorias
Artículo 100. Características de las licencias obligatorias.
Artículo 101. Cesión, modificación y cancelación de las licencias obligatorias.
TÍTULO X. Nulidad, revocación y caducidad de la patente
CAPÍTULO I. Nulidad
Artículo 102. Causas de nulidad.
Artículo 103. Ejercicio de la acción de nulidad.
Artículo 104. Efectos de la declaración de nulidad.
CAPÍTULO II. Revocación o limitación a instancia del titular de la patente
Artículo 105. Petición de revocación o de limitación.
Artículo 106. Procedimiento.
Artículo 107. Efectos de la revocación o de la limitación.
CAPÍTULO III. Caducidad
Artículo 108. Causas de caducidad.
Artículo 109. Caducidad por falta de pago en tiempo oportuno de una anualidad.
Artículo 110. Renuncia.
TÍTULO XI. Patentes de interés para la defensa nacional
Artículo 111. Sujeción al régimen de secreto.
Artículo 112. Tramitación.
Artículo 113. Mantenimiento del régimen de secreto.
Artículo 114. Anualidades y compensación.
Artículo 115. Solicitudes en el extranjero.
TÍTULO XII. Jurisdicción y normas procesales
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 116. Jurisdicción.
Artículo 117. Legitimación para el ejercicio de las acciones.
Artículo 118. Competencia.
Artículo 119. Plazos en litigios en materia de patentes.
Artículo 120. Nulidad de la patente del actor.
Artículo 121. Acción negatoria.
Artículo 122. Tratamiento de la información confidencial.
CAPÍTULO II. Diligencias de comprobación de hechos
Artículo 123. Petición de las diligencias.
Artículo 124. Práctica de las diligencias.
Artículo 125. Certificaciones y copias de las diligencias.
Artículo 126. Compensación de la parte afectada.
CAPÍTULO III. Medidas cautelares
Artículo 127. Petición de medidas cautelares.
Artículo 128. Posibles medidas cautelares.
Artículo 129. Fianzas.
Artículo 130. Medidas cautelares en caso de apelación.
Artículo 131. Levantamiento de las medidas cautelares.
Artículo 132. Escritos preventivos.
CAPÍTULO IV. Solución extrajudicial de controversias
Artículo 133. Conciliación en materia de invenciones de empleados.
Artículo 134. Comisión de conciliación.
Artículo 135. Propuesta de acuerdo y conformidad.
Artículo 136. Arbitraje y mediación.
TÍTULO XIII. Modelos de utilidad
CAPÍTULO I. Objeto y requisitos de protección
Artículo 137. Invenciones que pueden ser protegidas como modelos de utilidad.
Artículo 138. Derecho a la protección.
Artículo 139. Estado de la técnica.
Artículo 140. Actividad inventiva.
CAPÍTULO II. Solicitud y procedimiento de concesión
Artículo 141. Presentación y contenido de la solicitud.
Artículo 142. Asignación de fecha de presentación y examen de oficio.
Artículo 143. Publicación de la solicitud.
Artículo 144. Oposiciones a la solicitud.
Artículo 145. Procedimiento y resolución.
Artículo 146. Recursos.
Artículo 147. Publicación de las modificaciones.
CAPÍTULO III. Efectos de la concesión
Artículo 148. Contenido del derecho y ejercicio de acciones.
Artículo 149. Nulidad.
Artículo 150. Aplicación de las disposiciones sobre las patentes.
TÍTULO XIV. Aplicación de los convenios internacionales
CAPÍTULO I. Presentación y efectos de las solicitudes de patente europea y de las patentes europeas en España
Artículo 151. Ámbito de aplicación.
Artículo 152. Presentación de solicitudes de patente europea.
Artículo 153. Valor de la solicitud de patente europea y de la patente europea.
Artículo 154. Derechos conferidos por la solicitud de patente europea publicada.
Artículo 155. Traducción y publicación de la patente europea.
Artículo 156. Registro de Patentes Europeas.
Artículo 157. Texto fehaciente de la solicitud de patente europea y de la patente europea.
Artículo 158. Transformación de la solicitud de patente europea en solicitud de patente nacional.
Artículo 159. Transformación de la solicitud de patente europea en solicitud de modelo de utilidad.
Artículo 160. Prohibición de doble protección.
Artículo 161. Anualidades.
CAPÍTULO II. Aplicación del Tratado de cooperación en materia de patentes
SECCIÓN 1.ª Ámbito de aplicación y solicitudes internacionales depositadas en España
Artículo 162. Ámbito de aplicación.
Artículo 163. La Oficina Española de Patentes y Marcas como Oficina Receptora.
Artículo 164. Conversión de solicitudes internacionales.
Artículo 165. Reivindicación de prioridad de depósito anterior en España.
Artículo 166. Prórroga de los plazos para el pago de tasas.
SECCIÓN 2.ª Solicitudes internacionales que designen o elijan a España
Artículo 167. Actuación de la Oficina Española de Patentes y Marcas como Oficina Designada o Elegida.
Artículo 168. Fecha de presentación y efectos de la solicitud internacional.
Artículo 169. Tramitación de la solicitud internacional.
Artículo 170. Publicación de la solicitud internacional.
Artículo 171. Revisión por la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Artículo 172. Efectos de una patente concedida sobre la base de una solicitud internacional.
Artículo 173. Efectos de la concesión de una patente basada en una solicitud internacional sobre una patente basada en una solicitud nacional.
Artículo 174. La Oficina Española como Administración de Búsqueda y Examen preliminar Internacional.
TÍTULO XV. Representación ante la Oficina Española de Patentes y Marcas
Artículo 175. Capacidad y representación.
Artículo 176. Agentes de la Propiedad Industrial.
Artículo 177. Acceso a la profesión de Agente de la Propiedad Industrial.
Artículo 178. Incompatibilidades.
Artículo 179. Ejercicio de la actividad profesional y Registro Especial de Agentes y de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Artículo 180. Cese de la habilitación para el ejercicio de la actividad de representación profesional.
Artículo 181. Libertad comunitaria de prestación de servicios y obligaciones de información.
TÍTULO XVI. Tasas y anualidades
Artículo 182. Tasas.
Artículo 183. Reembolso de las tasas.
Artículo 184. Anualidades y tasa de mantenimiento.
Artículo 185. Recargos.
Artículo 186. Reducción de tasas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Régimen legal de los procedimientos.
D.A. 2ª. Plazos máximos de resolución de los procedimientos de Propiedad Industrial.
D.A. 3ª. Tramitación preferente de solicitudes.
D.A. 4ª. Tasas por la actuación de la Oficina Española de Patentes y Marcas en el marco del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT).
D.A. 5ª. Publicidad de solicitudes y resoluciones y consulta pública de expedientes.
D.A. 6ª. Programas de concesión acelerada.
D.A. 7ª. Coordinación con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
D.A. 8ª. Comunicaciones telemáticas con Juzgados y Tribunales.
D.A. 9ª. Ejercicio de acciones basadas en títulos cuya concesión no es firme en vía administrativa.
D.A. 10ª. Aplicación del régimen de tasas para la obtención y mantenimiento de los títulos previstos en esta Ley.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio de los procedimientos.
D.T. 2ª. Normativa aplicable a los títulos de protección de las invenciones concedidos conforme a la legislación anterior.
D.T. 3ª. Tasas y anualidades.
D.T. 4ª. Divulgaciones inocuas.
D.T. 5ª. Aplicación del régimen sobre explotación y cesión de invenciones realizadas por los Entes Públicos de Investigación.
D.T. 6ª. Acciones judiciales.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión.
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo autónomo «Registro de la Propiedad Industrial».
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial.
D.F. 5ª. Modificación de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado.
D.F. 6ª. Título competencial.
D.F. 7ª. Desarrollo de la Ley.
D.F. 8ª. Cláusula de salvaguardia.
D.F. 9ª. Entrada en vigor.
ANEXO