Articulo 41 Patentes

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Artículo 41. Anuncio de la concesión y publicación de la patente.

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La concesión de la patente se anunciará en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial», poniendo a disposición del público los documentos obrantes en el expediente de la patente concedida.

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  • Texto Original. Publicado el 25-07-2015 en vigor desde 01-04-2017