Articulo 19 Patentes

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Artículo 19. Carga de la prueba y renuncia de derechos.

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1. Salvo prueba en contrario, las invenciones para las que se presente una solicitud de patente o de otro título de protección exclusiva dentro del año siguiente a la extinción de la relación de empleo o de servicios, se presumen realizadas durante la vigencia de ésta.

2. Será nula toda renuncia anticipada del empleado a los derechos que la Ley le otorga en este Título.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-07-2015 en vigor desde 01-04-2017