Articulo 151 Patentes
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»Artículo 151. Ámbito de aplicación.
Las disposiciones de esta Ley y de su Reglamento de ejecución se aplicarán a las solicitudes de patente europea y a las patentes europeas que produzcan efectos en España, en todo lo que no se oponga al Convenio sobre concesión de Patentes Europeas, hecho en Munich el 5 de octubre de 1973, denominado en lo sucesivo CPE.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-07-2015 en vigor desde 01-04-2017