Da 7 Patentes
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»D.A. 7ª. Coordinación con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación adecuados entre la Oficina Española de Patentes y Marcas y las Comunidades Autónomas competentes para recibir las correspondientes solicitudes dirigidas a dicha Oficina. El órgano competente de la Comunidad Autónoma a través del cual se haya presentado la documentación en su caso, deberá permanecer informado a lo largo del procedimiento una vez publicada la solicitud. A tal efecto, se implantarán sistemas de intercomunicación y coordinación de los correspondientes Registros que garanticen la compatibilidad informática y la transmisión telemática de los asientos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-07-2015 en vigor desde 01-04-2017