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Ley 8/2023, de 27 de marzo, de cooperación para la transformación global - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 30-03-2023

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Marzo de 2023

F. entrada en vigor: 31/03/2023

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 40

F. Publicación: 30/03/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y finalidad Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Principios Artículo 4. Enfoques Artículo 5. Ámbitos estratégicos de la cooperación de las Illes Balears
TÍTULO II. PLANIFICACIÓN, MODALIDADES, INSTRUMENTOS Y ORGANIZACIÓN DE LA POLÍTICA DE COOPERACIÓN PARA LA TRANSFORMACIÓN GLOBAL
CAPÍTULO I. Planificación, modalidades e instrumentos
Artículo 6. Planificación de la cooperación de las Illes Balears para la transformación global Artículo 7. El plan estratégico Artículo 8. El plan operativo anual Artículo 9. Otros documentos de planificación estratégica Artículo 10. Instrumentos de la cooperación para la transformación global Artículo 11. Modalidades de la cooperación al desarrollo y para la transformación global
CAPÍTULO II. Organización de la política autonómica de cooperación
Artículo 12. El Consejo de Gobierno de las Illes Balears Artículo 13. La consejería competente en materia de cooperación para la transformación global Artículo 14. Otras consejerías y entes del sector público autonómico Artículo 15. El Consejo de Cooperación de las Illes Balears Artículo 16. La coordinación interna del Gobierno de las Illes Balears en materia de cooperación para la transformación global Artículo 17. Otros espacios de coordinación
TÍTULO III. RECURSOS DISPONIBLES Y SUJETOS DE LA POLÍTICA DE COOPERACIÓN PARA LA TRANSFORMACIÓN GLOBAL
CAPÍTULO I. Recursos, financiación y control
Artículo 18. Recursos humanos Artículo 19. Recursos económicos Artículo 20. Financiación y control Artículo 21. Régimen fiscal de las aportaciones efectuadas a las ONGD Artículo 22. Exclusión para la obtención de recursos económicos públicos Artículo 23. Transparencia, rendición de cuentas y evaluación de las actuaciones de cooperación internacional al desarrollo
CAPÍTULO II. Agentes baleares de cooperación para la transformación global
SECCIÓN 1.ª Agentes baleares
Artículo 24. Agentes baleares de cooperación para la transformación global Artículo 25. Las entidades locales y las organizaciones que las representan Artículo 26. Las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo Artículo 27. La Universidad de las Illes Balears, entidades dependientes y centros de investigación públicos Artículo 28. La comunidad educativa de las Illes Balears Artículo 29. Agentes vinculados con la transformación global Artículo 30. Las organizaciones sindicales Artículo 31. Las entidades de economía social, empresas y asociaciones empresariales Artículo 32. Los medios de comunicación
SECCIÓN 2.ª Personas cooperantes y voluntarias
Artículo 33. Personal cooperante Artículo 34. Personal voluntario
CAPÍTULO III. Agentes internacionales de cooperación para la transformación global
Artículo 35. Agentes internacionales de cooperación para la transformación global Artículo 36. Las administraciones de los países y territorios objeto de actuaciones de cooperación y las entidades instrumentales del sector público Artículo 37. Las personas y entidades del Sur Artículo 38. Los Organismos multilaterales de desarrollo (OMUDES) no financieros y las entidades que los representan en el ámbito de las Illes Balears
TÍTULO IV. EL REGISTRO DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL DESARROLLO DE LAS ILLES BALEARS
Artículo 39. El Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo de las Illes Balears
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Aportación a las organizaciones que representan a los entes locales de las Illes en el ámbito de la transformación global D.A. 2ª. Cesiones gratuitas de bienes
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Aprobación de los ámbitos estratégicos D.T. 2ª. Previsiones presupuestarias
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Adaptación del Decreto 15/2018, de 8 de junio, del régimen especial de las ayudas al exterior en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional, y del Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo de las Illes Balears D.F. 2ª. Entrada en vigor