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Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 27-12-2004

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Diciembre de 2023

F. entrada en vigor: 28/12/2004

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 298

F. Publicación: 27/12/2004


PREÁMBULO Artículo único.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Exención de determinados hechos imponibles de la tasa del «Boletín Oficial de la Región de Murcia». D.A. 2ª. Exención de la tasa del «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.
Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales
TÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Delimitación del ámbito de aplicación de la Ley. Artículo 3. Régimen normativo. Artículo 4. Régimen presupuestario y no afectación. Artículo 5. Régimen general de exacción. Artículo 6. Devoluciones. Artículo 7. Recursos. Artículo 8. Competencias gestoras e inspectoras. Artículo 9. Responsabilidades.
TÍTULO II. Tasas
Artículo 10. Concepto. Artículo 11. Obligados al pago, responsables y supuestos de exención subjetiva. Artículo 12. Establecimiento y regulación. Artículo 13. Elementos determinantes de la cuota. Artículo 14. Determinación del coste. Artículo 15. Capacidad económica y beneficios fiscales. Artículo 16. Cuota ordinaria y cuota complementaria por disposición del servicio. Artículo 17. Devengo. Artículo 18. Liquidación y régimen de ingreso. Artículo 19. Gestión.
TÍTULO III. Precios Públicos
Artículo 20. Concepto. Artículo 21. Establecimiento y regulación. Artículo 22. Obligados al pago. Artículo 23. Importe y criterios para la determinación de la cuantía. Artículo 24. Gestión.
TÍTULO IV. Contribuciones especiales
Artículo 25. Hecho imponible. Artículo 26. Sujeto pasivo. Artículo 27. Base imponible. Artículo 28. Devengo. Artículo 29. Elementos cuantitativos. Artículo 30. Aplicación de los recursos obtenidos. Artículo 31. Imposición.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Catálogo de Tasas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D.A. 2ª. Creación, modificación y supresión de tasas. D.A. 3ª. Ejercicio de competencias gestoras en materia de ingresos incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley. D.A. 4ª. Ejercicio de competencias gestoras en materia de otros ingresos. D.A. 5ª. Cuotas complementarias por desplazamiento del servicio y por servicios fuera de la jornada y horario normales. D.A. 6ª. Precios supletorios por cesión temporal de uso de locales de la Administración regional. D.A. 7ª. Tarifas supletorias por análisis y ensayos de laboratorio. D.A. 8ª. Régimen de las tasas u otros ingresos vinculados a servicios que se traspasen a la Comunidad Autónoma. D.A. 9ª. Beneficios fiscales aplicables a las tasas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para emprendedores, pymes y microempresas en los ejercicios 2013 y 2014. D.A. 10ª. Bonificación para 2014 en la Tasa T210, Tasa por actuaciones, licencias, permisos y autorizaciones en materia de actividades cinegéticas y piscícolas en aguas continentales. D.A. 11ª. Beneficios fiscales aplicables a las tasas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para emprendedores, pymes y microempresas en los ejercicios 2015 y 2016. D.A. 12ª. Beneficios fiscales aplicables a las tasas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para emprendedores, pymes y microempresas en los ejercicios 2017 y 2018. D.A. 13ª. Beneficios fiscales aplicables a las tasas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para emprendedores, pymes y microempresas en el ejercicio 2019. D.A. 14ª. Beneficios fiscales aplicables a las tasas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para emprendedores, pymes y microempresas en los ejercicios 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024. D.A. 16ª. Exención de la tasa T960. Tasa por convocatoria y realización de pruebas en las Enseñanzas de Idiomas, Deportivas y Artísticas de Régimen Especial en el ejercicio 2021. D.A. 17ª. Exención de la tasa ?T964. Tasa por la participación en el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de competencias profesionales (PREAR) adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación? en el ejercicio 2021, 2022, 2023 y 2024. D.A. 18ª. Incentivos al tejido productivo tecnológico. ANEXO PRIMERO. Clasificación y catálogo de tasas ANEXO SEGUNDO. Texto de las tasas