Articulo 14 TR de la Ley ...Especiales

Articulo 14 TR. de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 14. Determinación del coste.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los proyectos de normas de creación de nuevas tasas y de reforma o integración de las ya existentes, deberán incluir, entre los antecedentes y estudios previos para su elaboración, una Memoria justificativa del coste o valor del servicio o prestación que se someta a gravamen. Tales proyectos, respecto de las tasas vigentes con anterioridad, se acompañarán de la Memoria cuando incluyan modificaciones o alteraciones de los elementos determinantes de la deuda, no considerándose como tales las meras actualizaciones generales de las cuantías establecidas en las leyes de presupuestos o la refundición, transcripción, agrupación, integración o armonización de tasas o de hechos imponibles de las mismas que no supongan alteración en las cuotas vigentes antes de la reforma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2004 en vigor desde 28-12-2004