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Ley de Cantabria 8/2022, de 27 de diciembre, de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria. - Boletín Oficial de Cantabria de 04-01-2023

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Cantabria

Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 24/01/2023

Órgano emisor: Parlamento de Cantabria

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 3

F. Publicación: 04/01/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y fines. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Objetivos. Artículo 4. Principios.
CAPÍTULO II. Agentes del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria
Artículo 5. Agentes del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria. Artículo 6. Registro de agentes del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria. Artículo 7. Acreditación y requisitos de los agentes del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria. Artículo 8. Derechos y obligaciones de los agentes del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria. Artículo 9. Principios del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria.
CAPÍTULO III. Financiación del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Artículo 10. Financiación. Artículo 11. Objetivos de financiación pública de la investigación, el desarrollo y la innovación. Artículo 12. Financiación privada de la investigación, el desarrollo y la innovación.
CAPÍTULO IV. Gobernanza del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Artículo 13. Órganos del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 14. Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 15. Fundación de Investigación y Transferencia de Cantabria. Artículo 16. Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria.
CAPÍTULO V. Medidas para la atracción y retención de talento investigador y tecnólogo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 17. Contratos de personal investigador vinculados a la Fundación de Investigación y Transferencia de Cantabria o a la Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria. Artículo 18. Convocatorias de programas de investigación y tecnología. Artículo 19. Cómputo de la masa salarial del personal investigador y tecnólogo.
CAPÍTULO VI. Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 20. Definición y vigencia de la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 21. Objetivos de la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 22. Contenidos de la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 23. Definición de áreas estratégicas prioritarias de la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Artículo 24. Elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
CAPÍTULO VII. Igualdad de género e inclusión social en el ámbito de la ciencia, la tecnología y la innovación.
Artículo 25. Composición de órganos. Artículo 26. Actuaciones y consideraciones para la implantación efectiva de la perspectiva de género. Artículo 27. Consideraciones para la implantación efectiva de la inclusión social.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Objetivos de financiación pública de la investigación, el desarrollo y la innovación. D.A. 2ª. Consideración específica de la investigación agraria y sanitaria en el ámbito de aplicación de la Ley.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Comienzo de actividades de la Fundación de Investigación y Transferencia de Cantabria. D.T. 2ª. Periodo transitorio de la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. ÚNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria D.F. 2ª. Desarrollo normativo. D.F. 3ª. Entrada en vigor.