Articulo 21 Ley Ciencia, Tecnología e Innovación
Artículo 21. Objetivos de la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria tendrá como objetivos:
a) Servir como instrumento a los fines de esta Ley para fomentar la investigación científica, la tecnología y la innovación apoyando la cooperación, la internalización, la innovación, la divulgación y la atracción y retención de talento, para así potenciar la competitividad de los agentes del Sistema y el bienestar social en un entorno económico, social, cultural e institucional favorable al conocimiento y a la tecnología.
b) Fomentar la colaboración de los agentes del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria con el tejido productivo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
c) Promover la transferencia de conocimiento.
d) Diseñar estrategias y programas, así como sistemas de indicadores que permitan a los agentes del Sistema mejorar en la consecución de sus objetivos científicos, tecnológicos o de innovación.
e) Realizar recomendaciones para que la Comunidad Autónoma de Cantabria mejore su competitividad y proyección científica y tecnológica, de forma que pueda afrontar con solvencia futuros retos.
f) Integrar el principio de igualdad de oportunidades y de inclusión social como elementos transversales en la ciencia, la tecnología y la innovación.