Da 1 Ley Ciencia, Tecnolo...Innovación

Da 1 Ley Ciencia, Tecnología e Innovación

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D.A. 1ª. Objetivos de financiación pública de la investigación, el desarrollo y la innovación.

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1. Para el cálculo del objetivo de financiación pública de la investigación, el desarrollo y la innovación a que hace referencia el artículo 11 de la presente Ley se define como Objetivo Vinculante (V_OBJVIN) el porcentaje que supone la suma de todos los programas de gasto incluidos en el grupo 46 "Investigación, desarrollo e innovación", con respecto al Presupuesto General de Gastos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, sin tener en cuenta en dicho cálculo el valor de las operaciones financieras.

2. Los valores del Objetivo Vinculante anual durante el periodo 2023-2027 deberán ser:

V_(OBJVIN-2023) = 1,66 %

V_(OBJVIN-2024) = 2,00 %

V_(OBJVIN-2025) = 2,33 %

V_(OBJVIN-2026) = 2,66 %

V_(OBJVIN-2027) = 3,00 % 3.

Para los ejercicios presupuestarios posteriores a 2027, este Objetivo Vinculante deberá actualizarse reflejándose cada año en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, teniendo como referencia los valores que establezcan las estrategias y objetivos nacionales.