Articulo 23 Ley Ciencia, Tecnología e Innovación
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»Artículo 23. Definición de áreas estratégicas prioritarias de la Estrategia Plurianual de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Vigente
Las áreas estratégicas prioritarias se alinearán con la programación de las estrategias nacionales y europeas vigentes. Las áreas estratégicas prioritarias serán propuestas por el Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación de Cantabria y deberán garantizar la coherencia en el conjunto de las actuaciones autonómicas en materia de ciencia, tecnología e innovación. A tal fin se podrán tomar en consideración cuestiones de interés estratégico de organismos representativos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.