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Real Decreto 141/2021, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita. - Boletín Oficial del Estado de 10-03-2021

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Septiembre de 2022

F. entrada en vigor: 11/03/2021

Órgano emisor: MINISTERIO DE JUSTICIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 59

F. Publicación: 10/03/2021


Artículo único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Autorización de cesión de datos personales a los Colegios de Abogados y a las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita. D.A. 2ª. Referencias normativas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Facultades de desarrollo y ejecución. D.F. 3ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
TÍTULO I. Órganos competentes y procedimientos
CAPÍTULO I. Normas de organización y funcionamiento de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita
Artículo 2. Ámbito territorial de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita. Artículo 3. Composición y designación de miembros. Artículo 4. Dependencia orgánica, soporte administrativo y sede. Artículo 5. Información sobre los servicios de asistencia jurídica gratuita. Artículo 6. Normas de funcionamiento. Artículo 7. Funciones.
CAPÍTULO II. Procedimientos para el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita
SECCIÓN 1.ª Procedimiento general
Artículo 8. Iniciación. Artículo 9. Presentación de la solicitud. Artículo 10. Subsanación de deficiencias. Artículo 11. Designaciones provisionales. Artículo 12. Ausencia de designaciones provisionales. Artículo 13. Designación provisional a requerimiento judicial. Artículo 14. Sustitución del profesional designado. Artículo 15. Reiteración de la solicitud. Artículo 16. Instrucción del procedimiento. Artículo 17. Resolución: Contenido y efectos. Artículo 18. Notificación de la resolución. Artículo 19. Silencio administrativo. Artículo 20. Impugnación de la resolución. Artículo 21. Revocación del derecho.
SECCIÓN 2.ª Procedimiento en los procesos especiales para el enjuiciamiento rápido de delitos
Artículo 22. Iniciación y presentación de la solicitud. Artículo 23. Presentación de documentación y remisión a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Artículo 24. Instrucción y resolución del procedimiento. Artículo 25. Ausencia de resolución expresa. Artículo 26. Aplicación supletoria de las normas comunes.
SECCIÓN 3.ª Procedimiento en aquellos procesos judiciales y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia de género
Artículo 27. Iniciación y presentación de la solicitud. Artículo 28. Presentación de la documentación. Artículo 29. Instrucción y resolución del procedimiento. Artículo 30. Aplicación supletoria de las normas comunes.
TÍTULO II. Organización de los servicios de asistencia letrada, defensa y representación
CAPÍTULO I. Organización de la asistencia letrada de oficio
Artículo 31. Regulación y organización. Artículo 32. Requisitos generales mínimos exigibles a los Abogados y Procuradores de los Tribunales. Artículo 33. Obligaciones profesionales. Artículo 34. Régimen de guardias. Artículo 35. Prestación de los servicios de guardia.
CAPÍTULO II. Reconocimiento, renuncia y cuestiones organizativas de la asistencia jurídica gratuita
Artículo 36. Efectos del reconocimiento del derecho. Artículo 37. Renuncia a la designación. Artículo 38. Servicios de orientación jurídica. Artículo 39. Formación y especialización. Artículo 40. Responsabilidad patrimonial. Artículo 41. Insostenibilidad de la pretensión.
TÍTULO III. Subvención y supervisión de los servicios de asistencia jurídica gratuita
Artículo 42. Subvención. Artículo 43. Retribución de Abogados y Procuradores. Artículo 44. Devengo de la indemnización. Artículo 45. Gastos de funcionamiento e infraestructura. Artículo 46. Gestión colegial de la subvención. Artículo 47. Procedimiento de aplicación de la subvención. Artículo 48. Justificación anual de la subvención. Artículo 49. Contenido de la justificación anual. Artículo 50. Contabilización separada.
TÍTULO IV. Asistencia pericial gratuita
Artículo 51. Abono de honorarios. Artículo 52. Coste económico de las pruebas periciales.
TÍTULO V. El Consejo Estatal de Asistencia Jurídica Gratuita
Artículo 53. Objeto y finalidad. Artículo 54. Funciones. Artículo 55. Composición. Artículo 56. Organización y régimen de funcionamiento. Artículo 57. No incremento de gasto. ANEXO I.I. Solicitud de asistencia jurídica gratuita ANEXO I.II. Solicitud del beneficio de asistencia jurídica gratuita por asistencia letrada en el procedimiento especial de enjuiciamiento rápido ANEXO I.III. Informe de carencia notoria de medios económicos ANEXO I.IV. Solicitud del derecho de asistencia jurídica gratuita para la defensa y representación letrada a las víctimas de violencia de género, de terrorismo, de trata de seres humanos, menores de edad y personas con discapacidad intelectual ANEXO I.V. Autorización, denegación o revocación expresa de cesión de datos personales y consulta de información especialmente protegida para la tramitación de la solicitud de asistencia jurídica gratuita ANEXO II. Módulos y bases de compensación económica ANEXO III. Momento del devengo de la indemnización