Legislación
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Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, y por el que se modifican varias normas de ordenación ganaderas. - Boletín Oficial del Estado de 17-05-2023

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Julio de 2023

F. entrada en vigor: 18/05/2023

Órgano emisor: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 117

F. Publicación: 17/05/2023


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Definiciones.
CAPÍTULO II. Obligaciones del titular de la explotación
Artículo 3. Responsabilidades de la persona titular en relación con el veterinario de explotación.
CAPÍTULO III. Veterinario de explotación
Artículo 4. Funciones del veterinario de explotación. Artículo 5. Requisitos y obligaciones del veterinario de explotación.
CAPÍTULO IV. Plan sanitario integral de explotación ganadera
Artículo 6. Plan sanitario integral.
CAPÍTULO V. Visitas zoosanitarias
Artículo 7. Contenido y frecuencia de las visitas zoosanitarias. Artículo 8. Determinación del riesgo zoosanitario. Artículo 9. Resultado de las visitas zoosanitarias.
CAPÍTULO VI. Obligaciones de la autoridad competente en materia de sanidad animal, controles y régimen sancionador
Artículo 10. Obligaciones de la autoridad competente. Artículo 11. Controles sobre el terreno y mecanismos de coordinación entre autoridades competentes. Artículo 12. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. No incremento de gasto. D.A. 2ª. Competencias de otros ministerios.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Plazo para adaptar el Sistema Integral de Gestión de la Explotación (SIGE), para la designación del personal que ejerza de veterinario de explotación y para disponer del Plan sanitario integral. D.T. 2ª. Determinación del riesgo zoosanitario de las explotaciones ganaderas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas. D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. D.F. 3ª. Modificación del Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas. D.F. 4ª. Modificación del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo. D.F. 5ª. Modificación del Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas. D.F. 6ª. Real Decreto 992/2022, de 29 de noviembre, por el que se establece el marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies de interés ganadero. D.F. 7ª. Modificación del Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas. D.F. 8ª. Título competencial. D.F. 9ª. Facultad de modificación. D.F. 10ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Explotaciones excluidas del ámbito de aplicación de este real decreto conforme al artículo 1.3.a) ANEXO II. Declaración responsable que debe presentar el titular de la explotación en relación con la designación del veterinario de la explotación según lo establecido en el artículo 3 ANEXO III. Frecuencia de visitas zoosanitarias con base en el riesgo ANEXO IV. Contenido mínimo del Plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas