Dt 1 Bases de desarrollo ...ganaderas-

Dt 1 Bases de desarrollo de la normativa UE de sanidad animal -obligaciones de vigilancia del titular y plan sanitario integral de explotaciones ganaderas-

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D.T. 1ª. Plazo para adaptar el Sistema Integral de Gestión de la Explotación (SIGE), para la designación del personal que ejerza de veterinario de explotación y para disponer del Plan sanitario integral.

Vigente

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1. Se establece el plazo de un año desde la entrada en vigor de este real decreto para la adaptación de los Sistemas Integrales de Gestión de las Explotaciones ganaderas a lo dispuesto en este real decreto en relación con los Planes sanitarios integrales que recojan.

2. En aquellas explotaciones que no tuvieran establecida la obligación de tener un Sistema Integral de Gestión en su normativa sectorial, se establece el plazo de un año desde la entrada en vigor de este real decreto para la designación de un veterinario de explotación conforme al artículo 3.1 y su comunicación a la autoridad competente en materia de sanidad animal, según se establece en el artículo 3.3.

3. Se establece el plazo de un año desde la entrada en vigor de este real decreto para disponer de un Plan sanitario integral conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-05-2023 en vigor desde 18-05-2023