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Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético. - Boletín Oficial del Estado de 25-01-2023

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Enero de 2023

F. entrada en vigor: 26/01/2023

Órgano emisor: MINISTERIO PARA LA TRANSICION ECOLOGICA Y EL RETO DEMOGRAFICO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 21

F. Publicación: 25/01/2023

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Sistema de Certificados de Ahorro Energético
Artículo 4. Creación de un Sistema de Certificados de Ahorro Energético. Artículo 5. Cálculo de las obligaciones y de las necesidades de ahorro energético. Artículo 6. Cumplimiento de las obligaciones de ahorro energético. Artículo 7. Acreditación de las necesidades de ahorro energético adjudicadas mediante un mecanismo de subasta. Artículo 8. Certificados de ahorro energético.
CAPÍTULO III. Sujetos delegados
Artículo 9. Sujeto delegado. Artículo 10. Contrato de delegación.
CAPÍTULO IV. Gestión del Sistema de Certificados de Ahorro Energético
Artículo 11. Registro Nacional de Certificados de Ahorro Energético. Artículo 12. Verificación de los ahorros de energía. Artículo 13. Emisión de los Certificados de Ahorro Energético e inscripción en el Registro Nacional. Artículo 14. Liquidación de Certificados de Ahorro Energético. Artículo 15. Transmisión de Certificados de Ahorro Energético. Artículo 16. Coordinador Nacional del Sistema de Certificados de Ahorro Energético. Artículo 17. Gestor Autonómico del Sistema de Certificados de Ahorro Energético. Artículo 18. Catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética. Artículo 19. Subastas de necesidades de ahorro energético. Artículo 20. Plataforma electrónica. Artículo 21. Comisión de Coordinación del Sistema de Certificados de Ahorro Energético. Artículo 22. Inspección y control. Artículo 23. Procedimiento sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Sistema de inspección y control. D.A. 2ª. Tratamiento de la información. D.A. 3ª. Financiación de los programas MOVES II y PREE con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). D.A. 4ª. No incremento del gasto público.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Liquidación de Certificados de Ahorro Energético durante los tres primeros años de vida del Sistema.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. D.F. 3ª. Títulos competenciales. D.F. 4ª. Entrada en vigor.