Jurisprudencia del año 1998.
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Año
1998
Voces
Ponente
Carrera Ibarzabal, Jaime
Ruiz Ramo, Jose
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Judel Prieto, Angel Maria
Martinez Sanchez, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Tribunal
AP A Coruña
Tribunal Constitucional
AP - Pontevedra
AP - Soria
Tribunal de Justicia de la Union Europea
TRAFICO: FALLECIMIENTO
Sostiene la parte apelada que al haberse consignado por la parte apelante, una vez dictada sentencia por el Juzgado, 50.441. 255 pesetas, cantidad que sumada a la antes depositada, 16.000.000 de pesetas, totalizan 66.441.225 pesetas, se infringió lo dispuesto en la Disposición Adicional primera, en su apartado 40, de la Ley Orgánica /1989, de 21 de junio; sin embarg
Es doctrina reiterada del Tribunal Supremo, que acertadamente cita la sentencia apelada, que al dueño de la obra, cuando la entregada, no reúne las condiciones pactadas o las adecuadas a su finalidad, le asiste el derecho, bien a que se subsanen por el contratista sin abono de cantidad suplementaria alguna o bien a obtener la consiguiente reducción del precio en la proporción adecuada. En el presente caso, de los términos del contrato de obra otorgado en 18 de agosto de 1
La entidad recurrente ''Caixa ... reproduce en el recurso, como motivos de impugnación de la sentencia apelada, la cuestión de competencia territorial, la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario y la errónea apreciación de la cuestión de fondo, en orden a la cuantía de lo reclamado. Pero todas las excepciones opuestas por la parte recurrente deben ser desestimadas. De una parte, porque basta examinar los recibos de pago del préstamo para concluir, inequivoca
Dúas son as excepcións que se recollen na sentencia recorrida, causa xulgada e falta de litisconsorcio pasivo necesario, e as dúas, entende a Sala, están correctamente estimadas por cuanto que, no que atirixe a primeira, cousa xulgada respecto da sentencia dictada no xuizo verbal civil, e o certo que, segundo asi nos ensina a xurisprudencia a identidade causal resulta ben expresada, dada a coincidencia de súplica da demanda que crearon os preitos, xa que o que se exercito
El Consorcio de Compensación de Seguros ejercita acción de repetición contra el responsable del daño por el que fue condenado en Juicio de Faltas, que ha sido resarcido por aquella entidad a los perjudicados (arts.7 y 8.2 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor). El juzgador a quo desestimó la demanda porque entendió que la actora no había acreditado el pago a los perjudicados, presupuesto indisp
SENTENCIA DE PENAL
Los hechos declarados probados, constituyen un delito de
abandono de familia del artículo 227 del
Juicio VERBAL CIVIL sobre tráfico. La primera cuestión a tratar es la relativa a la inadecuación de procedimiento; entiende el juzgador a quo que la pretensión no puede ventilarse en el procedimiento que regula la Disposición Adicional Primera de la L.0. 3/1989, y que debe estarse al importe de la cuantía de lo reclamado. Hemos de reiterar el criterio ya sostenido por esta Sala en anteriores ocasiones. Los términos de la Disposición Adicional Primera de la L.0. 3/1989 de
Se ejercita en la demanda acción resolutoria del contrato
de arrendamiento que vincula a las partes litigantes en base a la causa
prevista en el arte. 118_2ª
O demandado apelante principal alega un único motivo de discrepancia coa sentencia: que o contador non tiña facultades para proceder a face-la división material do piso que, dividido en dúas partes polo causante, legouse a cada un dos dous legatarios. Cómpre aquí deixar advertido que o legado do piso foi feito polos dous causantes, pat e nai dos litigantes, coa decidida vontade de non deíxar constituida ha copropiedade. Para ese efecto, determinase que un será dono da me
Resulta indubitable la precariedad de la situación económica en que se encuentra el esposo apelante. No lo es menos la de la esposa. En todo caso la situación de ésta en relación con la de la esposa es de inferior condición, hasta el punto que el disfrute de la vivienda conyugal no la equilibra.
Cabe entender así desde el presupuesto de que el esposo recibe una pensión de realidad y cuantía discutida y la esposa carece de ocupación retribuida de
TRAFICO: FALLECIMIENTO
Sostiene la parte apelada que al haberse consignado por la parte apelante, una vez dictada sentencia por el Juzgado, 50.441. 255 pesetas, cantidad que sumada a la antes depositada, 16.000.000 de pesetas, totalizan 66.441.225 pesetas, se infringió lo dispuesto en la Disposición Adicional primera, en su apartado 40, de la Ley Orgánica /1989, de 21 de junio; sin embarg
Es doctrina reiterada del Tribunal Supremo, que acertadamente cita la sentencia apelada, que al dueño de la obra, cuando la entregada, no reúne las condiciones pactadas o las adecuadas a su finalidad, le asiste el derecho, bien a que se subsanen por el contratista sin abono de cantidad suplementaria alguna o bien a obtener la consiguiente reducción del precio en la proporción adecuada. En el presente caso, de los términos del contrato de obra otorgado en 18 de agosto de 1
La entidad recurrente ''Caixa ... reproduce en el recurso, como motivos de impugnación de la sentencia apelada, la cuestión de competencia territorial, la excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario y la errónea apreciación de la cuestión de fondo, en orden a la cuantía de lo reclamado. Pero todas las excepciones opuestas por la parte recurrente deben ser desestimadas. De una parte, porque basta examinar los recibos de pago del préstamo para concluir, inequivoca
Dúas son as excepcións que se recollen na sentencia recorrida, causa xulgada e falta de litisconsorcio pasivo necesario, e as dúas, entende a Sala, están correctamente estimadas por cuanto que, no que atirixe a primeira, cousa xulgada respecto da sentencia dictada no xuizo verbal civil, e o certo que, segundo asi nos ensina a xurisprudencia a identidade causal resulta ben expresada, dada a coincidencia de súplica da demanda que crearon os preitos, xa que o que se exercito
El Consorcio de Compensación de Seguros ejercita acción de repetición contra el responsable del daño por el que fue condenado en Juicio de Faltas, que ha sido resarcido por aquella entidad a los perjudicados (arts.7 y 8.2 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor). El juzgador a quo desestimó la demanda porque entendió que la actora no había acreditado el pago a los perjudicados, presupuesto indisp
SENTENCIA DE PENAL
Los hechos declarados probados, constituyen un delito de
abandono de familia del artículo 227 del
Juicio VERBAL CIVIL sobre tráfico. La primera cuestión a tratar es la relativa a la inadecuación de procedimiento; entiende el juzgador a quo que la pretensión no puede ventilarse en el procedimiento que regula la Disposición Adicional Primera de la L.0. 3/1989, y que debe estarse al importe de la cuantía de lo reclamado. Hemos de reiterar el criterio ya sostenido por esta Sala en anteriores ocasiones. Los términos de la Disposición Adicional Primera de la L.0. 3/1989 de
Se ejercita en la demanda acción resolutoria del contrato
de arrendamiento que vincula a las partes litigantes en base a la causa
prevista en el arte. 118_2ª
O demandado apelante principal alega un único motivo de discrepancia coa sentencia: que o contador non tiña facultades para proceder a face-la división material do piso que, dividido en dúas partes polo causante, legouse a cada un dos dous legatarios. Cómpre aquí deixar advertido que o legado do piso foi feito polos dous causantes, pat e nai dos litigantes, coa decidida vontade de non deíxar constituida ha copropiedade. Para ese efecto, determinase que un será dono da me
Resulta indubitable la precariedad de la situación económica en que se encuentra el esposo apelante. No lo es menos la de la esposa. En todo caso la situación de ésta en relación con la de la esposa es de inferior condición, hasta el punto que el disfrute de la vivienda conyugal no la equilibra.
Cabe entender así desde el presupuesto de que el esposo recibe una pensión de realidad y cuantía discutida y la esposa carece de ocupación retribuida de